CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2019
- Notario
- RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
- Domicilio
- esta Comuna
- Comuna
- Arica de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular esta Comuna, oficio Arica, 21 de Mayo 252, certifico: Por escritura, hoy ante mí, don DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI, chileno, casado, empresario, C.I. Nº 7.037.571-0, Arica, San Marcos 438, oficina 11, redujo a escritura pública el ACTA DE LA PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJ CONSTRUCCIONES S.A.” de fecha 5 de diciembre de 2019, contando con asistencia de sus Directores Señores DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI, C.I. Nº 7.037.571-0 y PAULO CORNEJO FERNANDEZ, C.I. Nº 13.006.578-3; y del Accionista JUAN GABRIEL RIVERA BENEDETTI, C.I. Nº 9.606.953-7. Presidente Provisorio, Director Paulo Cornejo Fernández y Secretario Director Gerente Sr. Daniel Rivera Benedetti, asiste además, el Notario Público Titular de Arica, don Rodrigo F. Lazcano Arriagada.- ACCIONES REPRESENTADAS.- 1. Daniel Enrique Rivera Benedetti, 1800 Acciones, 90%. 2. Paulo Cornejo Fernández, 100 Acciones, 5%. 3. Juan Gabriel Rivera Benedetti, 100 Acciones, 5 %. Presidente Provisorio Paulo Cornejo Fernández, informa que esta Primera Junta Extraordinaria de Accionistas ha sido convocada por el Directorio en su Sesión celebrada el día 22 de Noviembre del 2019.- Presidente informa que existe el Quórum requerido, ya que se encuentran representadas el 100% de las Acciones de la Sociedad con derecho a voto.- Se deja constancia que Sociedad Anónima Cerrada, “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJ CONSTRUCCIONES S.A.”, se constituyó por Escritura Pública otorgada en Notaría Arica de don Víctor Warner Sarria fecha 30 de mayo del año 2012, cuyo extracto se inscribió fojas 703, Número 300 Registro Comercio Arica, año 2012 y se Publicó Diario Oficial Nº 40.278, E-3 cve: 497838, de 4 de Junio año 2012. En consecuencia la Sociedad se encuentra legalmente constituida. TABLA: a) Modificación de los Estatutos de la Sociedad: PRIMER PUNTO DE LA TABLA.- “MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD”.- Presidente Provisorio Paulo Cornejo Fernández informa a la Asamblea que como consecuencia de la Venta de las Acciones de la Sociedad por parte de don José Manuel Rivera Benedetti y los acuerdos logrados con su persona, se hace necesario cambiar la razón social de la Sociedad Anónima Cerrada de “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJ CONSTRUCCIONES S.A.” y el nombre de fantasía “DJ CONSTRUCCIONES S.A.” por el que se propone “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.” y su sigla “DJP CONSTRUCCIONES S.A.”, para lo cual es necesario modificar el Título Primero, Artículo Primero del Estatuto Social.- Sometida la Modificación Estatutaria a la consideración de la Junta, esta se aprueba por unanimidad, quedando la redacción definitiva del Artículo Primero del Estatuto Social del siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: La Razón Social de la Sociedad Anónima Cerrada será “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A., pudiendo usar como sigla “DJP CONSTRUCCIONES S.A.”.- b) Nombramiento, Reemplazo o Ratificación del Nuevo Directorio de la Sociedad: SEGUNDO PUNTO DE LA TABLA.- NOMBRAMIENTO, REEMPLAZO O RATIFICACIÓN DEL NUEVO DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD.- Presidente Provisorio igualmente informa que producto del Traspaso de las Acciones de don José Manuel Rivera Benedetti y su Renuncia al cargo de Director, se hace necesario completar el número de Directores para normalizar su funcionamiento.- Presidente Provisorio ofrece la palabra a los Accionistas presentes, los que luego de un breve intercambio de ideas acuerdan elegir a don Diego Ignacio Limarí Celis para ejercer el cargo vacante producido a consecuencia de la Renuncia de don José Manuel Rivera Benedetti, producto de lo cual elijen nuevo Directorio, el que queda conformado de la manera siguiente: PRESIDENTE: Sr. PAULO CORNEJO FERNANDEZ, Rut N°13.006.578-3.- SECRETARIO: Sr. DIEGO IGNACIO LIMARI CELIS, Rut N°18.787.795-4.- DIRECTOR: Sr. DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI, Rut N°7.037.571-0.- Los Accionistas presentes aceptan los cargos y se comprometen cumplirlos conforme a los Estatutos de la Sociedad, a la Ley sobre Sociedades Anónimas y su Nuevo Reglamento.- c) Poder y Facultades al Gerente General: TERCER PUNTO DE LA TABLA.- RATIFICACIÓN, PODERES Y FACULTADES AL GERENTE GENERAL.- Presidente elegido don Paulo Cornejo Fernández, hace presente a la Junta que se hace necesario para la buena marcha de la Sociedad y no interrumpir su funcionamiento, Ratificar como Gerente General de la Sociedad a don Daniel Enrique Rivera Benedetti, así como sus Poderes otorgados en la Primera Sesión de Directorio celebrada con fecha 12 de Julio del año 2012, Acta Reducida a Escritura Pública con fecha 13 de Junio del año 2017 en la Notaría Pública de Arica de don Rodrigo Fernando Lazcano Arriagada, con el agregado de que se le autoriza para Hipotecar en favor de los Bancos Comerciales la propiedad de la Sociedad ubicada en calle San Marcos N°438, Oficina 11, con el objeto de poder garantizar créditos o líneas de créditos para financiar Contratos de Construcciones que celebre la Sociedad.- La Junta por la unanimidad de sus Accionistas acuerda Ratificar como Gerente General de la Sociedad a don Daniel Enrique Rivera Benedetti, con todas y cada una de las facultades contenidas en el Acta de la Primera Sesión de Directorio antes individualizado y con la facultad de Hipotecar Bienes Raíces de Propiedad de la Sociedad para los efectos antes señalados.- d) Poder especial al Director Accionista Sr. Paulo Cornejo: CUARTO PUNTO DE LA TABLA.- FACULTADES AL GERENTE GENERAL PARA OTORGAR PODER ESPECIAL AL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Y AL DIRECTOR: La Junta por unanimidad Acuerda que el Señor Gerente General don DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI, queda facultado desde ya para otorgar Poderes Especiales al Presidente del Directorio don Paulo Cornejo Fernández, con el objeto de que pueda actuar por la Sociedad en negociaciones propias del giro de la Sociedad, en casos que no pueda ejecutarlos personalmente por encontrarse ausente o imposibilitado, situaciones que no serán necesario acreditar ante terceros.- La Junta acuerda por unanimidad de las Acciones representadas que los acuerdos logrados en la presente Junta producirán sus efectos de inmediato sin esperar su aprobación por una Junta posterior.- Otras estipulaciones escritura reducida. Arica, 11 de diciembre de 2019.