COMERCIAL RIO CLARO SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 1989
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Administración
- Articulo Decimo Primero: correspondiente a la administración y uso de la razón social a don JUAN PAULO ZARATE PAIVA exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad. Además se modifica el Artículo Tercero, que dice relación al domicilio de la sociedad: Se establece que a partir de la firma del presente contrato será GALPON Orilla de Maule kilómetro 3.5 de la comuna de San Javier, ROL 210-149 de la comuna de San Javier.- En todo lo no modificado en las cláusulas precedentes, permanece intacto el pacto social constitutivo de la Sociedad “COMERCIAL RIO CLARO S.p.A.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO MUÑOZ LEYTON, Notario Suplente del Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Fernando Coloma Amaro, domiciliado en su oficio de calle Sargento aldea número 2625, San Javier, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2019, Repertorio Nº 1989, ante mí, don JUAN PAULO ZARATE PAIVA, chileno, casado, agricultor, cédula nacional de identidad número 14.341.869-3, con domicilio en kilometro cuatro Orilla de Maule, de la Comuna de San Javier, y don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, chileno, casado, empresario, cedula nacional de identidad número 7.757.656-8, domiciliado en Fundo El Trigal Norte Kilometro catorce camino a Constitución comuna de San Javier; efectuaron cesión de derechos y modificaron sociedad por acciones Comercial Rio Claro S.p.A. capital sociedad $10.000.000 rut.76.464.091-8.- ANTECEDENTES PREVIOS: Uno) Que con fecha 21 de Abril de dos mil quince, por escritura pública otorgada en la Notaria de Talca, ante don Arturo Castro Salgado, Don JUAN PAULO ZARATE PAIVA y don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, constituyeron Sociedad por Acciones “COMERCIAL RIO CLARO S.p.A.”.- Su extracto corre inscrito a fojas 32 vuelta, número 32, del Registro de Comercio correspondiente al año 2015, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Javier, publicado en el Diario Oficial número 41.140, de fecha 24 de abril de dos mil quince y su posterior saneamiento inscrito a fojas 37 número 38 del Registro de Comercio correspondiente al año 2015, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Javier, publicado en el Diario Oficial número 41.150 de fecha 06 de mayo de dos mil quince. Dos) El capital inicial de la Sociedad “COMERCIAL RIO CLARO S.p.A.” es la suma de diez millones de pesos ($10.000.000), divididos en diez mil acciones nominativas, sin valor nominal y el RUT de la Sociedad “COMERCIAL RIO CLARO S.p.A.” es el número 76.464.091-8.- Tres) El capital social de 10.000 acciones nominales lo que equivale a un 100%, se distribuyó de la siguiente manera: a don JUAN PAULO ZARATE PAIVA, 5.000 acciones nominales, o el 50% y a don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, 5000 acciones nominales, o el 50% de la Sociedad Constructora Los Robles S.p.A”.- CESION DE DERECHOS: Que por el presente instrumento los socios estando de común acuerdo, vienen en MODIFICAR el Pacto Social constitutivo vigente a la fecha, en la forma siguiente: a) El socio don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, ya individualizado, procede a vender, ceder y transferir sus derechos y acciones sociales equivalentes al 50% del capital social o 5000 acciones a don JUAN PAULO ZARATE PAIVA, quien compra acepta y adquiere para sí.- PRECIO: El precio de la cesión realizada por don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, a don JUAN PAULO ZARATE PAIVA, venta correspondiente a CINCO MIL ACCIONES del capital social es por la suma de CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000), que se pagan en este acto, en dinero en efectivo, que la vendedora declara recibir a su entera y total satisfacción, no teniendo reclamo alguno que formular al respecto. Por consiguiente y, como consecuencia de la presente modificación queda como único socio en la referida sociedad, don JUAN PAULO ZARATE PAIVA, con cien (100) acciones sociales, correspondientes al total del capital social.- La cesión comprende todos los derechos y obligaciones presentes o futuras que corresponden o pudieren corresponder al cedente en la Sociedad, sin reservas ni exclusiones de ninguna naturaleza.- Los comparecientes en su calidad de únicos socios e interesados en la sociedad vienen MODIFICAR el pacto social en relación con lo siguiente: TITULO TERCERO: De la Administración.- Articulo Decimo Primero: correspondiente a la administración y uso de la razón social a don JUAN PAULO ZARATE PAIVA exclusivamente. Con todas las facultades establecidas en la constitución de la sociedad. Además se modifica el Artículo Tercero, que dice relación al domicilio de la sociedad: Se establece que a partir de la firma del presente contrato será GALPON Orilla de Maule kilómetro 3.5 de la comuna de San Javier, ROL 210-149 de la comuna de San Javier.- En todo lo no modificado en las cláusulas precedentes, permanece intacto el pacto social constitutivo de la Sociedad “COMERCIAL RIO CLARO S.p.A.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Javier, 23 de diciembre de 2019.