SOCIEDAD DE SERVICIOS BIG TRUCK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 4821-2019
- Notario
- GLORIA ORTIZ CARMONA
- Oficio
- 25º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $28.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
compra y venta de repuestos para todo tipo de vehículos dentro del país y desde y hacia el extranjero, por cuenta propia o ajena, servicios de rescate mecánicos de todo tipo de maquinaria de transporte vía grúas y otros medios pertinentes, tanto dentro como fuera del territorio nacional, importación y exportación de todo tipo de repuestos y accesorios para todo tipo de vehículos motorizados, posesión, tenencia y administración, para la compraventa vía comisión, consignación y representación, en filiales o sucursales propias o ajenas, de todo tipo de vehículos motorizados de transporte y carga de personas, fabricación de partes y piezas, matrices de fibra de vidrio, trabajos de tornería metalmecánica, prestación de todo tipo de servicios atingentes a la mantención y reparación integral de todo tipo de vehículos motorizados, en especial de maquinarias de transporte, de carga y de persona, es decir buses, minibuses, camiones, contenedores, remolques, vehículos y maquinaria liviana y pesada, etc., especialización de personal para la atención de toda actividad relacionada al giro social, en fin, para el desarrollo total o parcial de toda actividad relacionada con el giro social, o cualquiera otra que acuerden los socios, sin limitación alguna
Administración
será ejercida JUAN SANTOS TORRES SALGADO, SONIA DE LAS MERCEDES ASTORGA LOPEZ, y SEBASTIAN EDUARDO TORRES ASTORGA, quien podrá actuar conjunta o separadamente por la sociedad según facultades que se señalan en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público Titular de 25º Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía de Jesús 1068, locales 391 y 395, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 22 de noviembre de 2019 ante mí, Repertorio N° 4.821-2019, JUAN SANTOS TORRES SALGADO, SONIA DE LAS MERCEDES ASTORGA LOPEZ, y SEBASTIAN EDUARDO TORRES ASTORGA, todos Bajos de Jiménez 2665, Independencia, modifican y trasforman sociedad: “SOCIEDAD DE SERVICIOS BIG TRUCK LIMITADA”, nombre fantasía “BIG TRUCK LTDA.”, constituida en Notaria de Santiago de don Arturo Carvajal Escobar, el 18 de mayo de 1998, e inscrita a Fjs. 11577 Nº 9437 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1998. Se modifica en el sentido que el nuevo capital social asciende a la suma de $28.000.000. En cuanto a los socios: Ingresa a la sociedad don SEBASTIAN EDUARDO TORRES ASTORGA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 42% de los derechos sociales que le corresponden a don JUAN SANTOS TORRES SALGADO, en la suma de $8.400.000, pagados íntegramente. Don JUAN SANTOS TORRES SALGADO aporta a la sociedad, el 53% de los derechos sociales que le corresponden en SOCIEDAD DE SERVICIOS BIG TRUCK LIMITADA, valorizados en $10.600.000, y aporta la cantidad de $600.000 que se enteran en este acto al contado y en dinero efectivo. Doña SONIA DE LAS MERCEDES ASTORGA LOPEZ aporta a la sociedad el 5% de los derechos sociales que le corresponden en SOCIEDAD DE SERVICIOS BIG TRUCK LIMITADA, valorizados en $1.000.000, y aporta la cantidad de $7.400.000 que se enteran en este acto al contado y en dinero efectivo. Consecuencialmente quedan como socios de SOCIEDAD DE SERVICIOS BIG TRUCK SpA, don JUAN SANTOS TORRES SALGADO, con 40% de los derechos sociales, doña SONIA DE LAS MERCEDES ASTORGA LOPEZ, con 30% de los derechos sociales y don SEBASTIAN EDUARDO TORRES ASTORGA, con 30% de los derechos sociales. Transformación consiste en: Se transforma a sociedad por acciones: Razón social: “SOCIEDAD DE SERVICIOS BIG TRUCK SpA”, nombre fantasía “BIG TRUCK SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Objeto: compra y venta de repuestos para todo tipo de vehículos dentro del país y desde y hacia el extranjero, por cuenta propia o ajena, servicios de rescate mecánicos de todo tipo de maquinaria de transporte vía grúas y otros medios pertinentes, tanto dentro como fuera del territorio nacional, importación y exportación de todo tipo de repuestos y accesorios para todo tipo de vehículos motorizados, posesión, tenencia y administración, para la compraventa vía comisión, consignación y representación, en filiales o sucursales propias o ajenas, de todo tipo de vehículos motorizados de transporte y carga de personas, fabricación de partes y piezas, matrices de fibra de vidrio, trabajos de tornería metalmecánica, prestación de todo tipo de servicios atingentes a la mantención y reparación integral de todo tipo de vehículos motorizados, en especial de maquinarias de transporte, de carga y de persona, es decir buses, minibuses, camiones, contenedores, remolques, vehículos y maquinaria liviana y pesada, etc., especialización de personal para la atención de toda actividad relacionada al giro social, en fin, para el desarrollo total o parcial de toda actividad relacionada con el giro social, o cualquiera otra que acuerden los socios, sin limitación alguna. Capital: $28.000.000 dividido y representado en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, suscribe y paga: JUAN SANTOS TORRES SALGADO, 40% de las acciones antes señaladas, esto es, 40 acciones, a un valor de suscripción total de $11.200.000, paga en dinero en este acto, SONIA DE LAS MERCEDES ASTORGA LOPEZ, 30% de las acciones antes señaladas, esto es, 30 acciones, a un valor de suscripción total de $8.400.000, paga en dinero en este acto, y SEBASTIAN EDUARDO TORRES ASTORGA, 30% de las acciones antes señaladas, esto es, 30 acciones, a un valor de suscripción total de $8.400.000, paga en dinero en este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: Indefinida, Administración: será ejercida JUAN SANTOS TORRES SALGADO, SONIA DE LAS MERCEDES ASTORGA LOPEZ, y SEBASTIAN EDUARDO TORRES ASTORGA, quien podrá actuar conjunta o separadamente por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 22 de noviembre de 2019.