EMPRESA ELÉCTRICA COCHRANE SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 24628-2019
- Notario
- MARÍA JOSE BRAVO CRUZ
- Domicilio
- Titular don Eduardo Javier Diez Morello
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $246.087.818 CLP
- Domicilio
- la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
Objeto social
a) la generación, transmisión, compra, venta y distribución de energía y potencia eléctrica en cualquier lugar del país o en el extranjero; b) la ejecución y explotación de obras de infraestructura civil, hidráulica y de cualquier otra naturaleza; c) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; d) la participación en la formación de sociedades de cualquier tipo e incorporación a sociedades ya existentes; e) la participación en toda clase de licitaciones, adjudicaciones y propuestas, ya sean públicas o privadas; y f) la prestación de servicios de asesoría integral. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar, y en general, explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, y demás derechos que se requieran, las concesiones de obras públicas, y los derechos de aprovechamiento de aguas de cualquier naturaleza. La Sociedad podrá también construir y operar todo tipo de centrales para la generación de energía y potencia eléctrica ya sea por cuenta propia o de terceros. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar directa o indirectamente, por cuenta propia o de terceros, el giro antes indicado;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA JOSE BRAVO CRUZ, Notario Público Suplente del Titular don Eduardo Javier Diez Morello, 34 Notaría Santiago, ambos domiciliados en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de 10 de diciembre de 2019, repertorio N°24.628-2019, ante el Titular don Eduardo Javier Diez Morello, se redujo a escritura pública acta de la junta extraordinaria de accionistas de 5 de diciembre de 2019 de EMPRESA ELÉCTRICA COCHRANE SpA (RUT N°76.085.254-6 e inscrita a Fs. 51.378, N° 35.570, Reg. Comercio Stgo. año 2009, en adelante, la “Sociedad”), que aprobó (I) inscribir la Sociedad y una o más líneas de bonos en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero, con el objeto de ofrecer públicamente dichos valores; (II) Modificar el domicilio de la Sociedad, por el siguiente: “la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero”; y (III) fijar un nuevo texto de los estatutos de la Sociedad, que reemplaza íntegramente al anterior, que incluye modificación anterior y otras de orden interno. De dicho nuevo texto de estatutos extracto lo que sigue: Nombre: Empresa Eléctrica Cochrane SpA; Accionistas: Norgerner Inversiones SpA y Diamond Pacific Investment Limitada; Domicilio: la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero; Objeto: a) la generación, transmisión, compra, venta y distribución de energía y potencia eléctrica en cualquier lugar del país o en el extranjero; b) la ejecución y explotación de obras de infraestructura civil, hidráulica y de cualquier otra naturaleza; c) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; d) la participación en la formación de sociedades de cualquier tipo e incorporación a sociedades ya existentes; e) la participación en toda clase de licitaciones, adjudicaciones y propuestas, ya sean públicas o privadas; y f) la prestación de servicios de asesoría integral. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar, y en general, explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, y demás derechos que se requieran, las concesiones de obras públicas, y los derechos de aprovechamiento de aguas de cualquier naturaleza. La Sociedad podrá también construir y operar todo tipo de centrales para la generación de energía y potencia eléctrica ya sea por cuenta propia o de terceros. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar directa o indirectamente, por cuenta propia o de terceros, el giro antes indicado; Capital: US$246.087.818,85, dividido en 442.863.745 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, y que se ha pagado y pagará como sigue: /a/ con US$239.387.818,85, representativos de 436.163.745 acciones, que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad; y /b/ con US$6.700.000, representativos de 6.700.000 acciones, que serán pagaderos dentro del plazo máximo que vence el 9 de enero de 2020.- Santiago, 19 de diciembre de 2019. María José Bravo Cruz, Notario Público Suplente.