CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASIG CONSTRUCCIONES LIMITADA

RUT 14200101-2 CVE 1702334
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2019

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto social será: a) La realización de trabajos de construcción de obras menores, de albaliñería y de carpintería, por cuenta propia o ajena; b) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y)o ampliación o demolición; c) Compra, venta, comercialización, distribución, mantención, y)o arriendo de materiales, productos, maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; d) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; e) Preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra; y f) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro con lo mencionado y demás negocios que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo de Rodt Espinosa, Notario Rancagua, San Martín 427, certifica: Por escritura hoy ante mí, NESTOR ADOLFO GONZÁLEZ DÍAZ, Run 14.200.101-2, chileno, soltero, técnico de nivel superior en construcción, domiciliado en Victorino Garrido 719, Población Diego Portales, Rancagua; y CAROLINA ANDREA GARRIDO ROMERO, Run 15.697.407-2, chilena, soltera, experto en prevención de riesgos, domiciliado en Pasaje El Canelo 1730, El Polo, Machalí, constituyeron sociedad responsabilidad limitada: Razón social: La Firma o Razón Social de la sociedad será “ASIG CONSTRUCCIONES LIMITADA”, la que podrá actuar para todos los efectos, inclusive ante los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía de “ASIG LTDA.” Objeto: El objeto social será: a) La realización de trabajos de construcción de obras menores, de albaliñería y de carpintería, por cuenta propia o ajena; b) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; c) Compra, venta, comercialización, distribución, mantención, y/o arriendo de materiales, productos, maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; d) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; e) Preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra; y f) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro con lo mencionado y demás negocios que los socios acuerden. Capital: El capital social será la suma de TRES MILLONES DE PESOS que los socios aportan de la siguiente forma: UNO) Don NESTOR ADOLFO GONZÁLEZ DÍAZ la cantidad de $1.500.000, equivalente al 50% del capital social, que entera en las arcas sociales de la siguiente forma: a) Con la suma de $500.000 en este acto en dinero efectivo; y b) Con la suma de $1.000.000 que se pagarán en 2 cuotas iguales y sucesivas de $500.000 cada una que se aportarán directamente a las arcas sociales, dentro de los 2 meses inmediatamente siguientes a la suscripción de la presente escritura, enterando la cuota de aporte de capital correspondiente a cada mes, a más tardar el mismo día del mes que se entera, correspondiente al mismo día del mes de suscripción de la presente escritura. DOS) Doña CAROLINA ANDREA GARRIDO ROMERO, la cantidad de $1.500.000, equivalente al 50% del capital social, que entera en las arcas sociales de la siguiente forma: a) Con la suma de $500.000 en este acto en dinero efectivo; y b) Con la suma de $1.000.000 que se pagarán en 2 cuotas iguales y sucesivas de $500.000 cada una que se aportarán directamente a las arcas sociales, dentro de los 2 meses inmediatamente siguientes a la suscripción de la presente escritura, enterando la cuota de aporte de capital correspondiente a cada mes, a más tardar el mismo día del mes que se entera, correspondiente al mismo día del mes de suscripción de la presente escritura. Los aportes de capital que cada uno de los socios aporta por este instrumento, ingresan en este mismo acto a las arcas sociales; y los aportes en cuotas, a la respectiva época, como fueron pactados por la presente escritura, sin necesidad de dejar constancia de aquello, bastando con que se haya cumplido el plazo estipulado. Responsabilidad: Limitada al monto de sus aportes. Administración, representación y uso de razón social: Corresponderá a don NESTOR ADOLFO GONZÁLEZ DÍAZ, amplias facultades. Duración: Indefinida. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de agencias o sucursales en otras ciudades o lugares del territorio nacional o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 13 diciembre 2019.-