CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SANTA MAGDALENA SpA

RUT 2931568-K CVE 1701264
Capital
$480.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2019
Repertorio
48842/2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$480.000.000 CLP
Domicilio
Casablanca, Quinta Región
Duración
Indefinida

Objeto social

a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b) la prestación de toda clase de asesorías y consultorías profesionales, evaluación de proyectos, asistencia técnica a la gestión empresarial, así como toda clase de servicios profesionales en su más amplio aspecto, incluyendo la confección y elaboración de toda clase de proyectos y estudios, actividades y gestiones derivadas o referidas con el objeto social; c) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; d) La importación, comercialización, distribución, producción, procesamiento y fabricación, por cuenta propia o ajena, a nivel mayorista o minorista, ya sea física o por venta por medios electrónicos o online, de toda clase de mercaderías, productos o artículos, como la explotación de toda clase de establecimientos comerciales, fabriles e industriales con tal propósito, especialmente relacionados con artículos de lujo, especialmente vehículos y sus repuestos y accesorios; e) La prestación de toda clase de servicios comerciales o administrativos y la explotación de establecimientos de comercio con el mismo propósito, ya sea en Chile o en el exterior, especialmente aquellos en que se vendan artículos de lujo, antigüedades, vehículos de colección y artículos históricos; f) La representación de toda clase de marcas, establecimientos de comercio y)o empresas nacionales o extranjeras que operan en la comercialización y distribución de productos y la prestación de toda clase de asesorías y de servicios comerciales, promocionales, publicitarios y)o administrativos; g) La explotación del comercio exterior en cualquiera de sus formas, ya sea importando o exportando, la operación en zonas o depósitos francos, como asimismo, actuar como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; h) La prestación en general de toda clase de servicios relacionados con la decoración integral de interiores, diseño de toda clase de muebles y remodelación de los mismos, como la prestación de toda clase de asesorías y servicios publicitarios para promocionar la venta y distribución de los mismos e i) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18 de la Comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de 26 de Noviembre de 2019, bajo el repertorio 48.842 / 2019, ante mí, BELTRAN DE LA BARRA ABASCAL, chileno, viudo, empresario, cédula nacional de identidad y rol único tributario número 2.931.568-k, con domicilio en calle Los Acantos número 1218, departamento 121 de la Comuna de Vitacura y Ciudad de Santiago; RAÚL MARTÍN BELTRÁN DE LA BARRA LIRA, chileno, casado, arquitecto, cédula nacional de identidad y rol único tributario número 7.046.225-7, con domicilio en calle Parque Antonio Rabat número 6.333 de la Comuna de Vitacura y Ciudad de Santiago y FRANCISCA INÉS DE LA BARRA LIRA, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad y rol único tributario número 9.977.847-4, con domicilio en Calle Carolina Rabat 415 de la Comuna de Vitacura y Ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones, con siguientes especificaciones: Nombre: “Santa Magdalena SpA”. Domicilio: Casablanca, Quinta Región. Duración: Indefinida. Objeto: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b) la prestación de toda clase de asesorías y consultorías profesionales, evaluación de proyectos, asistencia técnica a la gestión empresarial, así como toda clase de servicios profesionales en su más amplio aspecto, incluyendo la confección y elaboración de toda clase de proyectos y estudios, actividades y gestiones derivadas o referidas con el objeto social; c) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; d) La importación, comercialización, distribución, producción, procesamiento y fabricación, por cuenta propia o ajena, a nivel mayorista o minorista, ya sea física o por venta por medios electrónicos o online, de toda clase de mercaderías, productos o artículos, como la explotación de toda clase de establecimientos comerciales, fabriles e industriales con tal propósito, especialmente relacionados con artículos de lujo, especialmente vehículos y sus repuestos y accesorios; e) La prestación de toda clase de servicios comerciales o administrativos y la explotación de establecimientos de comercio con el mismo propósito, ya sea en Chile o en el exterior, especialmente aquellos en que se vendan artículos de lujo, antigüedades, vehículos de colección y artículos históricos; f) La representación de toda clase de marcas, establecimientos de comercio y/o empresas nacionales o extranjeras que operan en la comercialización y distribución de productos y la prestación de toda clase de asesorías y de servicios comerciales, promocionales, publicitarios y/o administrativos; g) La explotación del comercio exterior en cualquiera de sus formas, ya sea importando o exportando, la operación en zonas o depósitos francos, como asimismo, actuar como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; h) La prestación en general de toda clase de servicios relacionados con la decoración integral de interiores, diseño de toda clase de muebles y remodelación de los mismos, como la prestación de toda clase de asesorías y servicios publicitarios para promocionar la venta y distribución de los mismos e i) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $480.000.000, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en el artículo primero transitorio, dividido en 10.000 acciones, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por accionistas fundadores en acto escritura extractada, a ser pagadas dentro plazo máximo de 5 años contados desde fecha misma escritura. Se designó Directorio Provisorio, con facultades de administración conforme se señala en escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago,19 de Diciembre de 2019.