MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PANADERÍA EL VOLCÁN LIMITADA

RUT 79906060-4 CVE 1701219
Capital
$2.205.000 CLP
Fecha instrumento
16 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
16 de noviembre de 2019
Notario
LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO
Domicilio
Pucón

Sociedad

Capital
$2.205.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Notario Público Pucón, oficio en esta ciudad calle General Urrutia, Nº 283 oficina 26, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2019, otorgada ante mí, doña BLANCA DEL CARMEN HERMOSILLA OSSES, C.I.Nº 5.231.295-7 con domicilio en calle Sebastián Engler número cuatrocientos noventa de la Comuna de Pucón; doña DANASY DEL CARMEN COLIPE HERMOSILLA , C.I.Nº 8.609.050-3 con domicilio en calle Sebastián Engler número cuatrocientos noventa, comuna de Pucón ; don EDUARDO JUAN ESTEBAN COLIPE HERMOSILLA , C.I.Nº 7.779.004-3 con domicilio en calle Sebastián Engler número cuatrocientos noventa, Comuna de Pucón; don SERGIO OSVALDO COLIPE HERMOSILLA C.I.Nº 11.246.493-k, domiciliado en calle Del Pillan número cuatrocientos treinta y cinco, Comuna de Pucón; doña XIMENA AURORA COLIPE HERMOSILLA , C.I.Nº 12.009.081-k domiciliada en calle Sebastián Engler número cuatrocientos setenta de la Comuna de Pucón, modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “PANADERÍA EL VOLCÁN LIMITADA”, constituida con fecha catorce de abril del año mil novecientos ochenta y nueve, otorgada ante el Notario y conservador de minas don Jorge Tampe Maldonado, Villarrica la que se inscribió a fojas veintidós número catorce del año mil novecientos ochenta y nueve del registro de comercio del conservador de Bienes Raíces de Villarrica figura con rol único tributario número 79.906.060-4. la inscripción fue objeto de traslado y reinscrita a folio once número diecinueve al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pucón correspondiente al año dos mil diecisiete que se encuentra vigente hasta la fecha . su extracto de constitución fue publicado en el Diario Oficial en su edición treinta y tres mil trecientos sesenta y uno de fecha trece de mayo de mil novecientos ochenta y nueve. Modificada por escritura pública de fecha dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis, otorgada ante Notario Público Titular de la ciudad de Pucón don Luis Enrique Espinoza Garrido, e inscrita en el Registro de Comercio a foja veintidós con el numero treinta y ocho años dos mil diecisiete dependiente Conservador de Bienes Raíces de Pucón, inscripción que fue objeto de saneamiento a foja veintitrés, numero treinta y nueve, año dos mil diecisiete cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición cuarenta y un mil setecientos dieciséis y de fecha veintitrés de marzo del año dos mil diecisiete. Consta modificación a foja veintinueve número cincuenta del año dos mil diecisiete cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición cuarenta y un mil setecientos noventa y cinco de fecha veintinueve de junio del año dos mil diecisiete. Consta modificación a foja treinta número cuarenta año dos mil diecinueve, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve de fecha cuatro de noviembre del año dos mil diecinueve. Capital inicial $2.205.000.- PRESENTES MODIFICACIONES: En la cláusula cuarta, se revalorizo o reajusto el capital total, en el monto de doscientos catorce millones setecientos veintiséis mil quinientos cuatro pesos. Se estipulo en la cláusula quinta que Doña BLANCA DEL CARMEN HERMOSILLA OSSES vende, cede, transfiere todos sus derechos, intereses, facultades, obligaciones y deberes que le corresponden en la sociedad referida de la siguiente forma. a) a don SERGIO OSVALDO COLIPE HERMOSILLA un veinte coma cuarenta y seis por ciento, quedando con un veinticinco por ciento en los derechos de la sociedad b) a doña DANASY DEL CARMEN COLIPE HERMOSILLA un veinte coma cuarenta y seis por ciento, quedando con un veinticinco por ciento en los derechos de la sociedad c) a don EDUARDO JUAN ESTEBA COLIPE HERMOSILLA un veinte coma cuarenta y seis por ciento, quedando con un veinticinco por ciento en los derechos de la sociedad d) a doña XIMENA AURORA COLIPE HERMOSILLA quien ingresa a la sociedad comprando el veinticinco por ciento de los derechos quedando con dicho porcentaje. De esta forma la socia Blanca Del Carmen Hermosilla Osses se da por retirada de la sociedad referida. En consecuencia y en virtud de la cesión de derechos señalada precedentemente, todos los compareciente a excepción de doña Blanca Del Carmen Hermosilla Osses quedan como únicos socios de la sociedad “Panadería El Volcán Limitada” . En la cláusula sexta se modifica el reparto de utilidades, de forma que cada socio individualmente tendrá una utilidad del veinticinco por ciento y las perdidas en la misma proporción. En la cláusula séptima Los socios modifican y amplían las facultades y poderes al socio representante, y modifican la representación, quedando esta en los socios SERGIO OSVALDO COLIPE HERMOSILLA y en doña XIMENA AURORA COLIPE HERMOSILLA. En la cláusula sexta modifican las clausula décimo segunda del acto de constitución por el cual revocan y excluyen a Don Sergio Zapata Camus el carácter de arbitrador de la sociedad respecto de cualquier dificultad que se suscitara entre los socios en relación con el contrato de constitución y sus modificaciones respectivas o con motivo de su aplicación, interpretación, cumplimiento o incumplimiento o el de la disolución anticipada o no de la sociedad las partes y lo remplazan por un árbitro arbitrador que designen de común acuerdo las partes o en los procedimientos judiciales correspondientes - Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo.- Pucón, 16 de noviembre de 2019.-