CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LEONERA HOUSE & HOME SpA

CVE 1701566
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2019
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
O’Higgins 528

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Coelemu
Duración
5 años desde la fecha de la escritura de constitución, renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos

Objeto social

a) La compra, venta, construcción, y comercialización por cuenta propia o ajena, de casas prefabricadas, armadas o sin armar; como asimismo, la compra, venta, arrendamiento y todo negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de bienes inmuebles, construidos por ella, o construidos para ella por un tercero; b) La proyección, construcción, demolición, restauración, reparación, edificación y ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda obra destinada a viviendas, oficinas, locales comerciales, estacionamientos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios o cualquier otra finalidad; c) La comercialización de paneles de todo tipo de material, en especial paneles de madera, destinados a la construcción en general, como asimismo, la comercialización, distribución, elaboración, importación y exportación, de todo tipo de materiales para la construcción de viviendas y edificios, incluyendo maquinaria, así como herramientas, instrumentos y equipos industriales, sean nuevos o refaccionados; y la atención de toda clase de necesidades y requerimientos de la construcción en general

Administración

La administración y representación de la sociedad corresponderá separada e indistintamente a Claudia Andrea Mardones Segura y Alejandro Ernesto Ruiz Hinojosa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2019, Rep. 9028, ante mi suplente Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, NUEVA HOLDING LEONERA SpA, representada por Alejandro Ernesto Ruiz Hinojosa, ambos domiciliados en Cochrane 635, Torre A, 404, Concepción; constituyó Sociedad por Acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Nombre: “LEONERA HOUSE & HOME SpA”. Domicilio: Coelemu, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. Objeto: a) La compra, venta, construcción, y comercialización por cuenta propia o ajena, de casas prefabricadas, armadas o sin armar; como asimismo, la compra, venta, arrendamiento y todo negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de bienes inmuebles, construidos por ella, o construidos para ella por un tercero; b) La proyección, construcción, demolición, restauración, reparación, edificación y ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda obra destinada a viviendas, oficinas, locales comerciales, estacionamientos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios o cualquier otra finalidad; c) La comercialización de paneles de todo tipo de material, en especial paneles de madera, destinados a la construcción en general, como asimismo, la comercialización, distribución, elaboración, importación y exportación, de todo tipo de materiales para la construcción de viviendas y edificios, incluyendo maquinaria, así como herramientas, instrumentos y equipos industriales, sean nuevos o refaccionados; y la atención de toda clase de necesidades y requerimientos de la construcción en general. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá separada e indistintamente a Claudia Andrea Mardones Segura y Alejandro Ernesto Ruiz Hinojosa. Duración: 5 años desde la fecha de la escritura de constitución, renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción. 19 de diciembre de 2019.-