Inmobiliaria Maule Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 2709/019
- Notario
- ALBERTO EDUARDO ROJAS LOPEZ
- Oficio
- Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.972.528 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO EDUARDO ROJAS LOPEZ, Abogado, Notario Público, Titular de la Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía número 1085, piso 14, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de 20 de noviembre de 2019, de Repertorio N°2709/019, ante mí, don JORGE NAZAL MUSA, domiciliado en Pedro Lagos N°1253, comuna de Santiago, Región Metropolitana; don NAGIB NAZAL JAMIS, domiciliado en Nataniel Cox N°1488, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña MARÍA ELENA MUSA ABUAUAD, domiciliada en Nataniel Cox N°1488, comuna de Santiago, Región Metropolitana; don CESAR MICHEL NAZAL MUSA, domiciliado en Las Hualtatas N°4334, departamento 502, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, por sí, y en representación de la sociedad ASESORIAS Y RENTAS FRUTILLAR LIMITADA, domiciliada en Avenida Vitacura N°2969 oficina 2101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad ASESORIAS Y RENTAS NATANIEL LIMITADA, representada por don JORGE NAZAL MUSA, ambos domiciliados en Avenida Vitacura N°2969, oficina 2101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS FRESAS LIMITADA representada por don JORGE NAZAL MUSA, ambos domiciliados en calle Nataniel Cox N°1488, comuna de Santiago, Región Metropolitana, son los únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA MAULE LIMITADA", inscrita a fojas 47.149, N°29.171 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y, mediante escritura que se extracta, efectúan las siguientes modificaciones sociales: Acordaron disminuir el capital de la sociedad de $10.972.528, en la suma de $4.398.886, quedando en consecuencia el capital social reducido a la cantidad de $6.573.642. La disminución de capital se efectuará mediante la afectación de la participación de: A) don CESAR MICHEL NAZAL MUSA, en la suma de $231.520, la que declara recibir a su entera satisfacción y; B) La sociedad ASESORIAS Y RENTAS FRUTILLAR LIMITADA, en la suma de $4.167.366, la que declaran recibir a su entera satisfacción. Como consecuencia de lo anterior, los socios don CESAR MICHEL NAZAL MUSA y la sociedad ASESORIAS Y RENTAS FRUTILLAR LIMITADA, ejercen su derecho a retirarse de la sociedad "INMOBILIARIA MAULE LIMITADA". Don JORGE NAZAL MUSA, don NAGIB NAZAL JAMIS, doña MARIA ELENA MUSA ABUAUAD, la sociedad ASESORIAS Y RENTAS NATANIEL LIMITADA, y la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS FRESAS LIMITADA aceptan expresamente el retiro de don CESAR MICHEL NAZAL MUSA y de la sociedad ASESORIAS Y RENTAS FRUTILLAR LIMITADA, de la sociedad "INMOBILIARIA MAULE LIMITADA", procediendo a la devolución de su capital aportado por cada uno, de la siguiente manera: A) don CESAR MICHEL NAZAL MUSA, la suma de $231.520, la que declara recibir a su entera satisfacción y; B) la sociedad ASESORIAS Y RENTAS FRUTILLAR LIMITADA la suma de $4.167.366, la que declara recibir a su entera satisfacción. Como consecuencia del retiro de don CESAR MICHEL NAZAL MUSA y de la sociedad ASESORIAS Y RENTAS FRUTILLAR LIMITADA, estos últimos dejan de ser socios de la sociedad "INMOBILIARIA MAULE LIMITADA". De este modo, son actuales y únicos socios de la sociedad "INMOBILIARIA MAULE LIMITADA": A) don JORGE NAZAL MUSA, con una participación equivalente al 3,52%; B) don NAGIB NAZAL JAMIS, con una participación equivalente al 21,53%; C) doña MARIA ELENA MUSA ABUAUAD, con una participación equivalente al 3,52%; D) la sociedad ASESORIAS Y RENTAS NATANIEL LIMITADA, con una participación equivalente al 63,40% y; E) la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS FRESAS LIMITADA, con una participación equivalente al 8,03%. Don JORGE NAZAL MUSA, don NAGIB NAZAL JAMIS, doña MARIA ELENA MUSA ABUAUAD, la sociedad ASESORIAS Y RENTAS NATANIEL LIMITADA, y la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS FRESAS LIMITADA, en sus calidad de actuales y únicos socios de la sociedad "INMOBILIARIA MAULE LIMITADA", acuerdan modificar los estatutos sociales de la siguiente manera: A) Se reemplaza el Artículo CUARTO, relativo al Capital Social, por la siguiente: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $6.573.642, que los socios pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) JORGE NAZAL MUSA paga la cantidad de $231.520, equivalente al 3,52% del capital social; b) NAGIB NAZAL JAMIS paga la cantidad de $1.415.456, equivalente al 21,53% del capital social; c) MARIA ELENA MUSA ABUAUAD paga la cantidad de $231.520, equivalente al 3,52% del capital social; d) ASESORIAS Y RENTAS NATANIEL LIMITADA paga la cantidad de $4.167.366, equivalente al 63,40 del capital social; e) INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS FRESAS LIMITADA paga la cantidad de $527.780 equivalente al 8,03% del capital social”.- B) Se reemplaza el Artículo SÉPTIMO, relativo a la Administración y uso de la razón social, por el siguiente: “Corresponderá al socio JORGE NAZAL MUSA la administración de la sociedad, quien anteponiendo la razón social a su firma personal, podrá representar y obligar válidamente a la sociedad, en los términos establecidos en el artículo Séptimo de los Estatutos Sociales, que constan en la escritura pública de constitución de la sociedad”.- C) En todo lo demás permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales, los que, a mayor abundamiento, los actuales socios ratifican expresamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 17 de diciembre de 2019.