MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Profesional Gomez Marchant Limitada

RUT 76437852-0 CVE 1699913
Fecha instrumento
3 de marzo de 2015

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2015
Notario
ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER
Domicilio
Talca

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER, Abogado, Notario Público Titular de Talca, oficio calle 1 Sur 898, Talca; CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, ante mí, Doña DANIELA ANDREA LEYTON ATENAS, Chilena, Casada y Separada de Bienes, Cedula de Identidad 13.597.413-7, Periodista y, don ROBERTO ALEJANDRO GOMEZ MARCHANT, Chileno, Casado y Separado de Bienes, Cedula de Identidad 13.096.048-0, Abogado; ambos domiciliados en Calle Dos Norte número Tres Mil Setecientos Ochenta y Cinco comuna de Talca, quienes acreditan sus identidades con sus respectivas cédulas de identidad, y exponen: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 3 de Marzo de 2015 ante el Notario Público de Curicó don Eduardo del Campo Vial; Doña DANIELA ANDREA LEYTON ATENAS, y don ROBERTO ALEJANDRO GOMEZ MARCHANT, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “SOCIEDAD PROFESIONAL GOMEZ MARCHANT LIMITADA”. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Talca, a fojas 473 número 180 del año 2015. SEGUNDO: CESION: Por este instrumento Don ROBERTO ALEJANDRO GOMEZ MARCHANT, quien es propietario de 90% de los derechos sociales totales de la sociedad, viene en ceder y transferir el 35% de los derechos sociales totales de la sociedad a Doña DANIELA ANDREA LEYTON ATENAS, quien adquiere y acepta para si dichos derechos. El precio de la cesión es la suma de $350.000, que Doña DANIELA ANDREA LEYTON ATENAS paga en dinero efectivo, al cedente, y que este declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago. TERCERO: De esta forma y a contar de la cesión señalada en el numerando anterior, la sociedad queda conformada de la siguiente manera: A) don ROBERTO ALEJANDRO GOMEZ MARCHANT, queda con el 55% de los derechos sociales. y B) doña DANIELA ANDREA LEYTON ATENAS queda con el 45% de los derechos sociales.- CUARTO: La facultad de administración seguirá perteneciendo a don ROBERTO ALEJANDRO GOMEZ MARCHANT, en iguales términos que los indicados en la escritura primitiva.- QUINTO: En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- TALCA, 16 de Diciembre de 2019.-