Inversiones JMC Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 20363/2019
- Notario
- MYRIAM MARIELA ELIZABETH AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM MARIELA ELIZABETH AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21° Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 578, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 14/11/2019, Repertorio N°20.363/2019, ante Notario Suplente María Luisa Vera Jeraldo, don JOSÉ RAMÓN MARTÍNEZ COLLANTES, don EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ COLLANTES y don RAMÓN RESURRECCIÓN MARTÍNEZ PERALES, todos domiciliados en calle San Pablo N° 1910, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES JMC LIMITADA”, inscrita a fs. 89.974, Nro. 63.219, Reg. Comercio de Santiago año 2012, en los siguientes términos: Uno) José Ramón Martínez Collantes vendió, cedió y transfirió derechos equivalentes al 1% del capital social a Ramón Resurrección Martínez Perales, quien los compró y aceptó para sí en el precio de $50.000. Ingresando como socio Ramón Resurrección Martínez Perales. Dos) Se disminuyó el capital de la sociedad, de actuales $1.000.000 a $20.000, devolviéndose a José Ramón Martínez Collantes capital social por la cantidad de $960.400, al socio Eduardo Andrés Martínez Collantes se le devuelve capital social por $9.800 y al socio Ramón Resurrección Martínez Perales se le devuelve capital social por $9.800. Tres) Se reemplaza el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $20.000, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios, correspondiéndole a don Ramón Resurrección Martínez Perales un total de $200, que equivalen al 1% de los derechos sociales, a don Eduardo Andrés Martínez Collantes un total de $200, que equivalen al 1% de los derechos sociales, y a don José Ramón Martínez Collantes un total de $19.600, que equivalen al 98% de los derechos sociales”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, Diciembre 06 de 2019. nrs.-