Grupo Nobi Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2019
- Notario
- IVAN TAMARGO BARROS
- Oficio
- 51º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TAMARGO BARROS, Notario Público Titular de la 51º Notaría de Santiago, Domiciliado en Av. Nueva Providencia 2635, Comuna de Providencia, Santiago, CERTIFICA: por escritura pública de hoy ante mí, ALDO JOSÉ RODRIGUEZ ZACCHEI, don JORGE ALEJANDRO PERDOMO GONZÁLEZ, y doña EMELY GRICEL PERDOMO ZAPATA, todos domiciliados en García Valenzuela 055, comuna de Ñuñoa, MADELEIN LISSETTE PERDOMO ZAPATA, y don JOSÉ ERNESTO SEIJAS HERRERA, ambos domiciliados en Santa Isabel 157, de la comuna de Santiago, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “GRUPO NOBI CHILE LIMITADA”, también “GRUPO NOBI LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 14.07.2019 otorgada quincuagésima primera Notaria de Santiago de don Iván Tamargo Barros y su extracto inscrito en Registro de Comercio de Santiago fs. 48213 Nº 23966 año 2019, de siguiente forma: Clausula quinta, administración, uso de razón social queda radicada en el nuevo socio José Ernesto Seijas Herrera; por retiro de socia Emely Gricel Perdomo Zapata.- Se incorporan como socios: a) Madelein Lissette Perdomo Zapata, quien compra el 10% de participación de socia que se retira, que avaluan en ciento cincuenta mil pesos y el 15% de la participación del actual socio Aldo José Rodríguez Zacchei, que avaluan en doscientos veinticinco mil pesos. b) socio José Ernesto Seijas Herrera, quien compra al socio Jorge Alejandro Perdomo González un 20% de su participación en la sociedad, los que avaluan en trescientos mil pesos y a don Aldo José Rodríguez Zacchei un 5% de su participación, la avaluan en setenta y cinco mil pesos.- Clausula sexta, capital social, se mantiene en la cantidad de $1.500.000.- cambiando numero de socios y su participación queda de la siguiente forma: Aldo José Rodríguez Zacchei con un 25%; Jorge Alejandro Perdomo González con un 25%; Madelein Lissette Perdomo Zapata con un 25% y José Ernesto Seijas Herrera con un 25%.- Clausula segunda, objeto de la sociedad, se adiciona: “Comercialización de floreria y arreglos florales de todo tipo, para particulares y empresas. Servicio de banqueteria y garsonería.”.- En lo no modificado rigen cláusulas contrato social. Santiago, 19 de noviembre de 2019.