CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GEPMETA TECH SpA

CVE 1700459
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

a) La comercialización, fabricación, venta, distribución, representación, consignación, importación y exportación de cualquier clase o tipo de software, hardware, productos e insumos computacionales, para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones; b) El desarrollo de software, de programas y plataformas tecnológicas, computacionales, tele comunicacionales, de aplicaciones móviles y otras similares; c) La prestación de servicios de hosting y housing, diseño y mantenimiento de páginas web y servicios de servidores para redes y el procesamiento de bases de datos; d) La prestación de toda clase de servicios informáticos, técnicos, asesorías y consultorías computacionales, electrónicas y tecnológicas en conjunto con el soporte informático, la implementación y adecuación de dichos sistemas; e) La evaluación, diagnóstico y la realización de cualquier clase de estudios referido a las áreas de computación, tecnológica y telecomunicaciones; f) Actividades fabricación y arriendo de componentes electrónicos y sus reparaciones; g) El desarrollo de propiedad intelectual o industrial, como autor, inventor o titular original de los privilegios reconocidos por la ley, tanto en Chile como en el exterior, y su explotación a través del licenciamiento o de cualquier otra forma y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con todo lo anterior

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, domiciliado en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2019, Repertorio número 6789/2019, comparecen ante mí: ASESORÍAS ESTRATÉGICAS DE INGENIERÍA SpA y SANTO TOMÁS INVESTMENT SpA, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “GEPMETA TECH SpA”. Objeto: a) La comercialización, fabricación, venta, distribución, representación, consignación, importación y exportación de cualquier clase o tipo de software, hardware, productos e insumos computacionales, para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones; b) El desarrollo de software, de programas y plataformas tecnológicas, computacionales, tele comunicacionales, de aplicaciones móviles y otras similares; c) La prestación de servicios de hosting y housing, diseño y mantenimiento de páginas web y servicios de servidores para redes y el procesamiento de bases de datos; d) La prestación de toda clase de servicios informáticos, técnicos, asesorías y consultorías computacionales, electrónicas y tecnológicas en conjunto con el soporte informático, la implementación y adecuación de dichos sistemas; e) La evaluación, diagnóstico y la realización de cualquier clase de estudios referido a las áreas de computación, tecnológica y telecomunicaciones; f) Actividades fabricación y arriendo de componentes electrónicos y sus reparaciones; g) El desarrollo de propiedad intelectual o industrial, como autor, inventor o titular original de los privilegios reconocidos por la ley, tanto en Chile como en el exterior, y su explotación a través del licenciamiento o de cualquier otra forma y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con todo lo anterior. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, las cuales a su vez se encuentran divididas en dos series, 600 acciones corresponden a la serie A, y 400 acciones corresponden a la serie B, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma en que se indica en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó portador de este extracto para legalización. Santiago, 20 de noviembre de 2019.-