MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercializadora Americafull SpA

RUT 76662500-2 CVE 1699961
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2019
Repertorio
9009-2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVERO, Notario Titular de la XXII Notaría de Santiago, con oficio en calle Don Carlos N°2.889, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2019, repertorio N°9009-2019, ante mí, don RUBÉN EDUARDO ALVARADO DONOSO, chileno, soltero, analista de sistemas, cédula de identidad N° 16.571.581-0, domiciliado en Escuela Agrícola número 1.710, departamento letra E 1.213, Comuna de Macul, Región Metropolitana, y doña JOHANNA MACARENA BARRA SILVA, chilena, soltera, cosmetóloga, cédula de identidad N° 15.700.373-9, domiciliada en calle Ictinos número 1.500, departamento letra E 103, Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, esta última UNICA ACCIONISTA, sanean conforme Ley Nº 19.499, el vicio de nulidad consistente en la falta de publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto de la escritura pública de fecha 12 de junio del año 2.018, celebrada en la Notaría de esta ciudad de don HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, repertorio N° 6.091, e inscrita a fojas 71.915 número 36.909 del Registro de Comercio de Santiago del año 2.018,en virtud de la cual se cedió el cien por ciento de los derechos y participación de capital social de “COMERCIALIZADORA AMERICAFULL SpA”, sociedad inscrita fojas 40.442 número 28.770 del Registro de Comercio de Santiago del año 2.006,a doña JOHANNA MACARENA BARRA SILVA. Asimismo, también sanean el vicio de nulidad consistente en la falta de publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto de la escritura pública de saneamiento de fecha 21 de agosto de 2018, suscrita ante notario de la ciudad de Santiago don Germán Rousseau Del Río, repertorio N°8.590, inscrita a fojas 72.167 número 37.026 del año 2.018, que saneaba la anterior escritura por un error en la razón social, así como la falta de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Santiago.Conforme lo expuesto y disposiciones de la Ley 19.499, los compareciente sanean el vicio formal consistentes en la falta de publicación oportuna en el Diario Oficial, del que adolecen los extractos de las escrituras recién singularizadas, solicitando la publicación del respectivo extracto en el Diario Oficial.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Diciembre de 2019.-