A.J. INGENIEROS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2004
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, certifico que con esta fecha 05 de Diciembre de 2019, Rep. 17.841/2019, se redujo a escritura pública acta Junta General Extraordinaria de Accionistas “A.J. INGENIEROS S.A.”, sociedad constituida por escritura pública de fecha 02 de septiembre del año 2004, Notaria de Santiago Raúl Iván Perry Pefaur, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 28137, número 20917, del año 2004. Junta celebrada ante mí, 19 de noviembre del año 2019 en que se acordó modificar estatutos sociales, ampliando el objeto social y reemplazando, en consecuencia, artículo cuarto referido a objeto social por el siguiente: “El objeto de la sociedad será: a) La realización de estudios de proyectos y de obras de ingeniería a usuarios nacionales o extranjeros: b) La fabricación, montaje, importación, exportación y comercialización de equipos y materiales eléctricos, electrónicos y de uso industrial; c) La prestación de servicios públicos de telecomunicaciones tales como transmisión de datos, internet, telefonía y servicios complementarios, suplementarios y servicios especiales y de valor agregado, sobre la base de la instalación, operación y explotación de las respectivas concesiones y permisos debidamente emanados de la autoridad competente. d) La prestación de servicios de instalación y mantención de infraestructuras de telecomunicaciones; otros servicio de telecomunicaciones; y servicios de infraestructura sobre la base de instalación, mantención, operación y explotación de concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones, incluyendo los concesionarios de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente proveen infraestructura física para telecomunicaciones, a cuya prestación se encuentre legalmente autorizada; y, e) La realización de todo otro negocio relacionado, conexo o complementario de los ya señalados que acuerden los socios”. Demás acuerdos constan de escritura extractada. Se facultó portador de extracto para legalización. Santiago, 05 de Diciembre de 2019. María Pilar Gutiérrez Rivera.