SOCIEDAD POR ACCIONES CONSTRUCTORA DIMAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2019
- Notario
- JUAN GABRIEL NUÑEZ BOSCH
- Domicilio
- doña LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.210.000.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Rodrigo Marcelo Lagos Muñoz | socio | 13043657-9 | — | — | |
| Inversiones Saona Limitada | socio | 76307893-0 | — | — | |
| Asesores e Inversiones Rano Kau Limitada | socio | 77663550-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN GABRIEL NUÑEZ BOSCH, abogado, Notario Público Suplente de doña LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular 20º Notaría de Santiago, con oficio Avenida Apoquindo N° 4990, Las Condes, Santiago, certifica: En Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 28 de noviembre de 2019, cuya acta se redujo a escritura pública ante mí con fecha 4 de diciembre de 2019, Rodrigo Marcelo Lagos Muñoz, RUT: 13.043.657-9, Inversiones Saona Limitada, RUT: 76.307.893-0 y Asesores e Inversiones Rano Kau Limitada, RUT: 77.663.550-2, únicos accionistas de “SOCIEDAD POR ACCIONES CONSTRUCTORA DIMAR SpA” Rut 76.403.054-0, inscrita a fs. 7685 N° 4756 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, acordaron por unanimidad: (1) Aumentar el capital social a la suma total de $1.210.000.000, mediante la emisión de 570 acciones de pago de la Serie A, que se colocarán a un valor equivalente a $1.500.000 cada una; (2) Adecuar los estatutos sociales al nuevo capital social, reemplazando el Artículo Quinto del Título II de los Estatutos, por el que sigue: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de mil doscientos diez millones de pesos, dividido en ochocientas cuarenta acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, dividido en dos series. La “Serie A”, compuesta por setecientas cuarenta acciones, que representan el ochenta y ocho coma uno por ciento del capital social, cada una de un valor nominal equivalente a un millón quinientos mil pesos. Las acciones de la Serie A tendrán el control absoluto de la sociedad, con derecho a voz y voto, siempre y cuando se encuentren suscritas y pagadas, y sólo derecho a voz, si estas se encuentras suscritas pero no pagadas. La “Serie B”, compuesta por cien acciones, que representan el once coma nueve por ciento del capital social, cada una con un valor nominal equivalente a un millón de pesos. Las acciones de la Serie B tendrán derecho a voz pero no a voto, siempre y cuando se encuentren suscritas y pagadas, no teniendo derecho a voz ni voto, en el caso que estando suscritas, no se encuentren pagadas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de diciembre de 2019.