CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LEMINI LIMITADA

RUT 13233457-9 CVE 1699243
Capital
$22.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2019
Notario
Felipe Leiva Ilabaca
Domicilio
don Francisco Javier Leiva Carvajal
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$22.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración de 5 años a contar desde esta fecha, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos ciento ochenta días de antelación al vencimiento del plazo que se encontrare vigente

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Felipe Leiva Ilabaca, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico por escritura fecha 09-12-2019, ante el titular: don MIGUEL ANGEL QUINTANO HARTARD, chileno, casado, ingeniero comercial, C.I.N° 13.233.457-9, con domicilio en Camino Carampangue 0175 parcela 12, de la Comuna de Talagante; y don NICOLÁS QUINTANO HARTARD, chileno, casado, artista, C.I.N° 15.641.317-8, domiciliado en calle Rojas Nº 288, comuna de Calle Larga, ciudad de Los Andes, constituyen Sociedad de responsabilidad limitada, Razón Social: El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LEMINI LIMITADA." pueda usar para todos los efectos legales, comerciales y bancarios el nombre de fantasía “LEMINI Ltda.” Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes raíces, sean urbanos o rurales, amoblados o no; el loteo y subdivisión de los mismos; y la ejecución de proyectos inmobiliarios; así como la compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de los bienes muebles que sean necesarios para su acondicionamiento, equipamiento o guarnición. Dos) Construcción y acondicionamiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles, sea con fines comerciales, industriales, agrícolas, turísticos o habitacionales, quedando comprendidos en el giro todos los actos, contratos, adquisiciones de terrenos, bienes muebles, materiales y elementos encaminados directamente a su construcción y su acondicionamiento, equipamiento o guarnición. Tres) La explotación de los mismos bajo cualquier forma, como venta, permuta y otros títulos traslaticios de dominio; su arrendamiento o subarrendamiento a terceros; su administración u operación. Cuarto) Efectuar inversiones en todo tipo de activos mobiliarios e inmobiliarios, en especial, de bonos, debentures, fondos, acciones, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; Cinco) Tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de proyectos, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; y Seis) En general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente, conexa con las anteriores y que los socios acuerden. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años a contar desde esta fecha, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos ciento ochenta días de antelación al vencimiento del plazo que se encontrare vigente. Capital: $22.000.000, que los socios enteran de la siguiente forma: a) Don MIGUEL ANGEL QUINTANO HARTARD, aporta la suma de $11.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en arcas sociales, equivalente a un 50% del capital social y b) don NICOLÁS QUINTANO HARTARD, aporta la suma de $11.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en arcas sociales, equivalente a un 50% del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La Administración, Representación y Uso de la Razón Social corresponderá a los socios don MIGUEL ANGEL QUINTANO HARTARD y don NICOLÁS QUINTANO HARTARD, quiénes representarán a la sociedad de manera conjunta y separada e indistintamente, con facultades y limitaciones señalas en escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Stgo. 13-12-2019.