MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SC Quebrada Blanca SpA

RUT 76982014-0 CVE 1699761
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2019
Repertorio
12377-2019
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
5 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SUMITOMO CORPORATION socio 59063400-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular 5 Notaría Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique Nº 30, Oficina 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2019, repertorio N° 12.377-2019, ante mí, SUMITOMO CORPORATION, Rol Único Tributario N° 59.063.400-K, domiciliado en calle Orinoco Nº 90, oficina 2002, Las Condes, Región Metropolitana, modificó los estatutos de SC QUEBRADA BLANCA SpA (inscrita a fs. 9.892 N° 5.331 Reg. Com. Año 2019), en el sentido de aumentar el capital. A tal efecto: i) reemplazó íntegramente el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la Sociedad es la cantidad de doscientos dieciséis millones quinientos diez mil ochocientos cincuenta y dos dólares de los Estados Unidos de América /“Dólares”/, dividido en veintiún mil seiscientas cincuenta y un acciones ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscribe, paga y pagará en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.”; y ii) reemplazó el artículo primero transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- Suscripción y pago del capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de doscientos dieciséis millones quinientos diez mil ochocientos cincuenta y dos Dólares, dividido en veintiún mil seiscientos cincuenta y un acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: i) veintiún mil trescientas cincuenta y un acciones que se encuentran suscritas y pagadas por el accionista SUMITOMO CORPORATION; y ii) trescientas acciones suscritas por el accionista SUMITOMO CORPORATION, y que deberán quedar íntegramente pagadas dentro del plazo de tres años a contar del dos de diciembre de dos mil diecinueve.”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 6 de diciembre de 2019.- Patricio Raby Benavente. Notario Público.-