MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Spring Forest Limitada

RUT 77909420-0 CVE 1699386
Capital
$200.251.939 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2019
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42°Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.251.939 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

la inversión, reinversión, compra, venta, exportación e importación, adquisición y enajenación a cualquier título, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero, de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, tales como, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor o bien mueble o inmueble. En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, o actos que los socios de común acuerdo determinen. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros; c)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público de la 42°Notaría de Santiago, Suplente del Titular, don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo Piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre 2019 ante el titular, don NANN TAI WEN y doña CHUNLIN QIAN, ambos domiciliados en Avenida La Dehesa 1822, Oficina 604, Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad INVERSIONES SPRING FOREST LIMITADA, inscrita a fojas 28.460, número 23.086 del registro de comercio del año 2002, en el siguiente sentido: a) Revalorización Capital Propio: Los socios acuerdan capitalizar el monto de $4.251.939; correspondiente a la revalorización del capital pagado, por lo que el capital revalorizado pasa de $196.000.000 a ser $200.251.939-; b) Modificación de Estatutos: Como consecuencia de la revalorización anterior, se modificó artículo sexto, en el siguiente sentido: “Sexto: El capital de la sociedad será la suma de DOSCIENTOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE pesos, el cual los socios aportan de la siguiente forma: /a/ Don NANN TAI WEN, aporta y paga en este acto la suma de doscientos millones doscientos treinta y un mil quinientos cinco pesos, equivalente al noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento del capital social; y, /b/ Doña CHUNLIN QIAN, aporta y paga en este acto la suma de veinte mil cuatrocientos treinta y cuatro pesos, equivalente al cero coma cero un por ciento del capital social”. c) Transformación de sociedad: Por razones de adecuada administración los socios transforman INVERSIONES SPRING FOREST LIMITADA en una sociedad por acciones y fijando texto de sus nuevos estatutos, en los siguientes términos: a) Razón Social: INVERSIONES SPRING FOREST SpA pudiendo usar el nombre de fantasía “SPRING FOREST SpA” ; b) Objeto: la inversión, reinversión, compra, venta, exportación e importación, adquisición y enajenación a cualquier título, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero, de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, tales como, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor o bien mueble o inmueble. En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, o actos que los socios de común acuerdo determinen. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros; c) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de establecer sucursales en otros puntos del país; d) Duración: Indefinida; e) Capital: $200.251.939 pesos, dividido en 60.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 16 de Diciembre de 2019.