SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA LUCIA - ÑIELOL LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría de Santiago, Teatinos Nº 332, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí, comparecieron: don JULIO JOSE HUENUR LOYOLA, en representación SOCIEDAD INVERSIONES LLAIMA LIMITADA y sociedad INVERSIONES HUEFER LIMITADA, doña ROCÍO IGNACIA HUENUR FERNÁNDEZ, doña JULIETH CONSTANZA HUENUR FERNÁNDEZ, don JOSÉ SEBASTIÁN HUENUR FERNÁNDEZ y don JULIO JOSÉ HUENUR FERNÁNDEZ, modificaron SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA LUCIA – ÑIELOL LIMITADA, en el siguiente sentido: Uno) a) Por el presente acto don Julio José Huenur Loyola, en su calidad de representante legal y administrador de esta sociedad Inversiones Llaima Limitada y de la sociedad Inversiones Huefer Limitada y teniendo facultades suficientes transfiere el 100 % de las acciones y derechos que cada una de estas sociedades posee en la SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA LUCIA – ÑIELOL LIMITADA a doña ROCÍO IGNACIA HUENUR FERNÁNDEZ, a doña JULIETH CONSTANZA HUENUR FERNÁNDEZ, a don JOSÉ SEBASTIÁN HUENUR FERNÁNDEZ y a don JULIO JOSÉ HUENUR FERNÁNDEZ , quienes declaran que las adquieren y aceptan para sí en partes iguales; b) El precio de la presente cesión de derechos es por la suma total de UF 1.000, los cuales se pagan por cada uno en partes iguales en la forma que se indica en el pacto de modificación; c) Los nuevos socios de común acuerdo vienen en ratificar a perpetuidad como administrador y representante legal de la presente sociedad a don JULIO JOSE HUENUR LOYOLA, d) Los socios acuerdan que le pagará a don Julio José Huenur Loyola una remuneración por este cargo equivalente al 15 % de todas las entradas, rentas, ventas y de toda gestión remunerada que se realice a nombre de la sociedad, dineros que podrá descontar directamente de cada gestión, sin necesidad de rendir cuenta ni autorización a los socios para dichos retiros; e) Don Julio José Huenur Loyola, acepta el cargo en los términos; e) En caso de fallecimiento de don Julio José Huenur Loyola, los socios de común acuerdo deberán designar un nuevo administrador y representante legal de la sociedad; f) En consecuencia, los nuevos socios de la socios de la SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA LUCIA – ÑIELOL LIMITADA son doña ROCÍO IGNACIA HUENUR FERNÁNDEZ, a doña JULIETH CONSTANZA HUENUR FERNÁNDEZ, a don JOSÉ SEBASTIÁN HUENUR FERNÁNDEZ y a don JULIO JOSÉ HUENUR FERNÁNDEZ y les corresponde un 25 % de participación o acciones y derechos a cada uno en la mencionada sociedad. Dos) En lo no modificado se mantiene el pacto social inicial, con sus modificaciones. Santiago, 25 de Octubre de 2019.