SAINT HONORÉ CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2019
- Notario
- RAÚL UNDURRAGA LASO
- Oficio
- 29ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAÚL UNDURRAGA LASO, Notario Público de la 29ª Notaría Santiago, Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de Noviembre de 2019, las sociedades Reagir Conseil S.A., Saint Honoré, S.A. y Saint Honore Retail, S.A., todas domiciliadas en Av. El Golf 99, of. 701, Santiago, debidamente representadas, modificaron SAINT HONORÉ CHILE LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 19.702 número 15.726 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997, dejando constancia del traspaso del 49% de los derechos de la Sociedad, de propiedad de Saint Honoré, S.A., a la sociedad Saint Honoré Retail, S.A., producto de la escisión de la primera de estas en la República de Panamá. Como consecuencia de lo anterior se acordó: a) Dejar constancia que los actuales y únicos socios de la Sociedad son las sociedades Reagir Conseil S.A. y Saint Honore Retail, S.A., reemplazando los artículos primero y quinto de los estatutos de la Sociedad, quedando el último de estos de la siguiente forma: “CLÁUSULA QUINTA: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma tres mil trescientos siete millones cuatrocientos once mil ciento tres pesos, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado por los socios, en la siguiente proporción: a) Reagir Conseil S.A., con la cantidad de mil seiscientos ochenta y seis millones setecientos setenta y nueve mil seiscientos sesenta y tres pesos, equivalentes al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad; y, b) Saint Honoré Retail, S.A., con la cantidad de mil seiscientos veinte millones seiscientos treinta y un mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad.”; y, b) Modificar la administración de la Sociedad, correspondiendo esta conjuntamente a los socios Reagir Conseil S.A. y Saint Honoré Retail, S.A., quienes la ejercerán a través de uno o más mandatarios que serán designados por escritura pública. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de Diciembre de 2019.