CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA REALTY GROUP LIMITADA

CVE 1698402
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2019
Notaría
Antofagasta
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2019
Notario
NICOLÁS FERNANDO ARRIETA CONCHA
Oficio
Sexta Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean éstas habitacionales, comerciales, agrícolas, mineras u obras públicas, transporte de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; b) La explotación de los bienes raíces que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; c) la compra, venta, arrendamiento, reparación, adaptación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, sea por cuenta propia o ajena; y, d) invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, debentures, bonos, fondos mutuos, depósitos a plazo y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos.- Administración, representación y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLÁS FERNANDO ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, calle Prat N°470, local N°3, CERTIFICA: Por escritura pública, hoy ante mí: doña SOLEDAD DE LA VEGA y don CHRISTIAN CLAUDIO TAMI, ambos domiciliados en Antofagasta, calle Cerro Paranal número trescientos ochenta, departamento sesenta y seis A, del Edificio Portofino, constituyeron Sociedad comercial de Responsabilidad Limitada. Razón social: “INMOBILIARIA REALTY GROUP LIMITADA”. Nombres de fantasía: “RG Ltda.”, “REALTY GROUP LTDA.” o “REALTY LTDA.”. Domicilio: Santiago. Objeto: a) construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean éstas habitacionales, comerciales, agrícolas, mineras u obras públicas, transporte de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; b) La explotación de los bienes raíces que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; c) la compra, venta, arrendamiento, reparación, adaptación, adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, sea por cuenta propia o ajena; y, d) invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, debentures, bonos, fondos mutuos, depósitos a plazo y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá indistintamente, de manera conjunta o separada, a doña SOLEDAD DE LA VEGA y a don CHRISTIAN CLAUDIO TAMI. Capital: $50.000.000.- que los socios aportan de la siguiente manera: a) don CHRISTIAN CLAUDIO TAMI aporta el equivalente a $25.000.000.-, que corresponde a la valorización del trabajo personal y ejercicio de la industria que realizará en la sociedad, de conformidad al artículo 376 del código de comercio; b) doña SOLEDAD DE LA VEGA, aporta $25.000.000.-, mediante la entrega en dominio a la sociedad del inmueble – valorizado en igual suma de común acuerdo por los comparecientes en atención al valor patrimonial que para ellos representa - consistente en el Lote F guión treinta y nueve de la subdivisión del Lote A-uno resultante de la división del lote A del predio agrícola que corresponde al sector B o Los Rulos de la hijuela primera o Huilcoco del plano de hijuelación del Fundo Las Casas de Chacabuco, comuna de colina, Región Metropolitana. Oriente, con sitio F guión treinta y ocho; Poniente, con sitio F guión cuarenta. El demonio a favor de la aportante rola inscrito a fojas 52.614, N° 79.450, del año 2014; y a fojas 27.902, N° 42.465, del año 2013. ambos en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- Responsabilidad: limitada al monto de los aportes. Utilidades y pérdidas: se repartirán entre socios en proporción aportes. Duración: Indefinida. Sociedad continúa al fallecimiento de un socio. Demás estipulaciones constan en escritura que se extracta. Antofagasta, a 12 de Diciembre de 2019.