Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2019
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la presente sociedad será por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros: I) la comercialización, compra y venta, al por mayor y)o al detalle, ya sea de manera presencial, o mediante internet; la distribución, importación, exportación, representación y consignación de toda clase de bienes muebles en general, corporales o incorporales; II) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; III) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. IV.- Asesoría técnica. a) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. b) Asesoría técnica en la especialidad de administración de empresas, incluyendo estudios, proyectos, planos y demás que sean necesarios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. V.- Bar. Restaurante. Centro de eventos y banquetes. La Construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. VI.- Comercio. Agencias y representaciones. a) la explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes, accesorios o repuestos; b) la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; c) la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; d) la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; e) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. VII.- Comercio e industria. Importar, exportar y comercializar, en el país o en el extranjero, toda clase de materias primas para la industria del retail, alimentos y bebidas, electrónicos, sector salud, seguridad y protección, minería, construcción; fabricar, comprar y vender artículos relacionados con bienes tecnológicos, mobiliario, juguetes y moda, o de cualquier tipo, dar y tomar en arrendamiento, distribuir y comerciar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, máquinas herramientas, vehículos u otros elementos afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para cumplir con el giro social. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. VIII.- Exportadora e Importadora La Compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte –en vehículos propios o ajenos– distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación, como casas prefabricadas y las por armar; la prestación de asesorías en tales materias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. IX.- Fabricación o elaboración de productos.- Fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con bienes tecnológicos, mobiliario, juguetes y moda, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. X.- Farmacia y Perfumería. Compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación y preparación de productos farmacéuticos y de medicamentos para uso, ingestión o consumo humano; compraventa de alimentos propios o de terceros; drogas, hierbas, homeopatía y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás, que digan relación con la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; lentes y despacho de recetas de éstos, otros de Optica, Máquinas fotográficas y sus rollos, chocolates y otras golosinas; toda clase de productos de cosméticos, perfumes y de aseo para vender en esta clase de establecimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden XI.- Ferretería. Compraventa, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de máquinas, máquinas herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con tales objetos; asimismo, podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XII.- Fotos, Filmes, Radios y Aparatos electrónicos. Compraventa, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, y fabricación incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de cámaras fotográficas y de vídeo, rollos de película, casetes de audio y vídeo, teléfonos, baterías, pilas, discos de sonido y de vídeo, radioreceptores, tocacasetes y tocadiscos, aparatos de vídeo y audio, en general; de línea blanca y electrodomésticos; servicio de revelado, copiado, ampliación y demás procesos para rollos de fotografías y otras cintas y mecanismos de reproducción de imágenes y sonido; fotocopias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XIII.- Fuente de Soda. Establecer, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, fuentes de soda y establecimientos similares; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XIV.- Heladería. Fabricación, compra y venta, por mayor y al detalle, de helados de toda especie, de jugos, bebidas, refrescos, cafés y tés, cremas, tortas, yogures y toda clase de postres, pasteles y dulces, helados o no, refrescos, envasados o no; arrendamiento de frío y venta de todo lo que proceda vender con helados y productos helados; y todo lo que, de cualquiera forma, esté relacionado con alimentos fríos, actuales o futuros; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XV.- Industria química. Formulario la realización, por cuenta propia o ajena, de las siguientes actividades: a) fabricar, elaborar, comprar, importar, vender, exportar y, en general, enajenar toda clase de bienes o productos químicos destinados a la industria, productos farmacéuticos y veterinarios y productos agroquímicos; b) tomar la representación de otros negocios comerciales u otras compañías o industrias químicas, nacionales o extranjeras; c) comprar, vender, distribuir y comercializar a comisión toda clase de productos y mercaderías relativas a la industria química, sean de importación o nacionales; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XVI.- Inversiones y renta. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XVII.- Joyas, Artesanía y Relojería. La confección, compraventa, importación, exportación, arrendamiento, permuta, arreglo, transformación y otros trabajos de toda clase de joyería con metales preciosos, piedras finas y semipreciosas y fantasías; la venta por cuenta de terceros, en consignación o intermediación de relojes y lo propio, en artesanía; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XVIII.- Juguetes. La creación, fabricación, compraventa, distribución, consignación, importación, exportación, intermediación y otras operaciones con juguetes, juegos y entretenimientos de toda clase, pasatiempos, colecciones, artesanías y otros para entretención, didácticos, juegos; y uso del tiempo libre, de bebés, niños y adultos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XIX.- Máquinas y equipos. La compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de máquinas y de equipos de construcción, de sus accesorios y repuestos; y cualquier acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XX.- Modas, Boutique, Sastrería. La confección, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebés, ya sea casual, deportivo, formal o de gala; la compraventa de modelos exclusivos diseñados o fabricados; perfumes, joyas y accesorios, artesanía, obras de arte, adornos para el hogar y demás que se venden en boutiques, sastrerías y tiendas de modas; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXI.- Panadería y Fuentes de Soda. La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, importación, exportación y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sandwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas y toda suerte de masas, dulces o saladas; helados, jugos de frutas y otros, bebidas analcohólicas y alcohólicas, té, café, chocolate, alimentos fríos o calientes y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro, para las personas; Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXII.- Pescadería y Marisquería. La compraventa, distribución, consignación, importación, exportación y tratamiento de pescados, mariscos, moluscos y crustáceos y otros productos del mar, en todas sus formas: frescos, congelados y enlatados; Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXIII.- Plásticos. La elaboración, fabricación, compraventa, importación, exportación, mantención y reparación de toda clase de plásticos, reciclables o no, polímeros o no, y otros relacionados, en la actualidad o en el futuro, con toda clase de bienes, artefactos o cosas moldeables de plástico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXIV.- Prestación de servicios. La prestación de servicios a clientes en las áreas del comercio; la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXV.- Publicidad y propaganda. El estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad y de propaganda de todo tipo; la producción, compraventa y arrendamiento de vídeos y material audiovisual, libros, folletos, películas, cintas magnéticas, discos, diskettes, dibujos, mapas, planos, fotografías, pinturas, originales y reproducciones, obras de arte y toda forma actual o futura de comunicar ideas o sentimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXVI.- Refrigeración. El estudio o trabajo científico y técnico de la refrigeración; de alimentos y de otros, en hogares, industrias, locales, laboratorios y otros, con cualesquiera de los sistemas aceptados por la legislación, las normas vigentes y la Ecología; la fabricación de hielo y, en general, la realización de las actividades relacionadas con la congelación. Asimismo, la compraventa, fabricación, instalación, arrendamiento, reparación, mantenimiento y otros sobre máquinas, equipos y herramientas para refrigeración, sus repuestos y demás; y la importación y la exportación de los mismos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXVII.- Salón de Belleza, Centro de Estética. El desarrollo de toda la actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal en ambos sexos; incluyendo, entre otros, los tratamientos corporales y faciales, peluquería, cosmetología, podología, sauna, solarium, gimnasia de todo tipo, danza, depilación, electrofísicos, asesoría médica de facultativos y todo tipo de tratamientos en la materia; el uso, compraventa, importación, exportación de toda clase de máquinas, vestuario, accesorios, productos cosmetológicos y naturales; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXVIII.- Telecomunicaciones. El ejercicio de toda actividad relacionada con las comunicaciones, sean efectuadas por radio, por líneas telefónicas, satélites, microondas o en cualquiera otra forma. Asimismo, la importación, exportación, compraventa, arrendamiento e instalación de radiotransmisores, equipos, antenas, repuestos y accesorios; reparación de los mismos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXIX.- Textil. La instalación, construcción, dar y tomar en arrendamiento plantas o fábricas textiles; compraventa, importación, exportación, consignación, intermediación de telares, maquinaria para el tratamiento de lanas e hilos, tejidos, telas, hilados, materia prima para confeccionar hilados y telas; todo lo que, en la actualidad o que, de cualquiera forma, en el futuro, diga relación con hilados, telas, tejidos y su elaboración; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXX.- Vitivinicultura. La importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de los licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXXI.- Zona Franca. Usuario. La comercialización, representación, importación, exportación y distribución de todo tipo de productos comerciables tanto en Zona Franca como en zona extensión y)o en el resto del país; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña PATRICIA VICTORIA RAMIREZ YAÑEZ; don SEBASTIAN ANTONIO OGNO RODRIGUEZ; y don EDOARDO ANDRES OGNO RODRIGUEZ; quienes conjuntamente actuarán en nombre de la sociedad y la representarán, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí: PATRICIA VICTORIA RAMIREZ YAÑEZ, domiciliada para estos efectos en calle Laguna Torca número seis mil trescientos noventa y seis, Valle Verde, Santiago; SEBASTIAN ANTONIO OGNO RODRIGUEZ y EDOARDO ANDRES OGNO RODRIGUEZ, ambos domiciliados en calle Juan Esteban Montero número cinco mil novecientos dieciséis, comuna de Las Condes, vienen en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE: “COMERCIALIZADORA OGRAM SpA”, nombre de fantasía “OGRAM SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que los socios acuerden establecer, en el país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la presente sociedad será por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros: I) la comercialización, compra y venta, al por mayor y/o al detalle, ya sea de manera presencial, o mediante internet; la distribución, importación, exportación, representación y consignación de toda clase de bienes muebles en general, corporales o incorporales; II) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; III) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. IV.- Asesoría técnica. a) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. b) Asesoría técnica en la especialidad de administración de empresas, incluyendo estudios, proyectos, planos y demás que sean necesarios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. V.- Bar. Restaurante. Centro de eventos y banquetes. La Construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. VI.- Comercio. Agencias y representaciones. a) la explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; b) la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; c) la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; d) la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; e) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. VII.- Comercio e industria. Importar, exportar y comercializar, en el país o en el extranjero, toda clase de materias primas para la industria del retail, alimentos y bebidas, electrónicos, sector salud, seguridad y protección, minería, construcción; fabricar, comprar y vender artículos relacionados con bienes tecnológicos, mobiliario, juguetes y moda, o de cualquier tipo, dar y tomar en arrendamiento, distribuir y comerciar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, máquinas herramientas, vehículos u otros elementos afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para cumplir con el giro social. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. VIII.- Exportadora e Importadora La Compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte –en vehículos propios o ajenos– distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación, como casas prefabricadas y las por armar; la prestación de asesorías en tales materias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. IX.- Fabricación o elaboración de productos.- Fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con bienes tecnológicos, mobiliario, juguetes y moda, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. X.- Farmacia y Perfumería. Compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación y preparación de productos farmacéuticos y de medicamentos para uso, ingestión o consumo humano; compraventa de alimentos propios o de terceros; drogas, hierbas, homeopatía y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás, que digan relación con la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; lentes y despacho de recetas de éstos, otros de Optica, Máquinas fotográficas y sus rollos, chocolates y otras golosinas; toda clase de productos de cosméticos, perfumes y de aseo para vender en esta clase de establecimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden XI.- Ferretería. Compraventa, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de máquinas, máquinas herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con tales objetos; asimismo, podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XII.- Fotos, Filmes, Radios y Aparatos electrónicos. Compraventa, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, y fabricación incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de cámaras fotográficas y de vídeo, rollos de película, casetes de audio y vídeo, teléfonos, baterías, pilas, discos de sonido y de vídeo, radioreceptores, tocacasetes y tocadiscos, aparatos de vídeo y audio, en general; de línea blanca y electrodomésticos; servicio de revelado, copiado, ampliación y demás procesos para rollos de fotografías y otras cintas y mecanismos de reproducción de imágenes y sonido; fotocopias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XIII.- Fuente de Soda. Establecer, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, fuentes de soda y establecimientos similares; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XIV.- Heladería. Fabricación, compra y venta, por mayor y al detalle, de helados de toda especie, de jugos, bebidas, refrescos, cafés y tés, cremas, tortas, yogures y toda clase de postres, pasteles y dulces, helados o no, refrescos, envasados o no; arrendamiento de frío y venta de todo lo que proceda vender con helados y productos helados; y todo lo que, de cualquiera forma, esté relacionado con alimentos fríos, actuales o futuros; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XV.- Industria química. Formulario la realización, por cuenta propia o ajena, de las siguientes actividades: a) fabricar, elaborar, comprar, importar, vender, exportar y, en general, enajenar toda clase de bienes o productos químicos destinados a la industria, productos farmacéuticos y veterinarios y productos agroquímicos; b) tomar la representación de otros negocios comerciales u otras compañías o industrias químicas, nacionales o extranjeras; c) comprar, vender, distribuir y comercializar a comisión toda clase de productos y mercaderías relativas a la industria química, sean de importación o nacionales; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XVI.- Inversiones y renta. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XVII.- Joyas, Artesanía y Relojería. La confección, compraventa, importación, exportación, arrendamiento, permuta, arreglo, transformación y otros trabajos de toda clase de joyería con metales preciosos, piedras finas y semipreciosas y fantasías; la venta por cuenta de terceros, en consignación o intermediación de relojes y lo propio, en artesanía; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XVIII.- Juguetes. La creación, fabricación, compraventa, distribución, consignación, importación, exportación, intermediación y otras operaciones con juguetes, juegos y entretenimientos de toda clase, pasatiempos, colecciones, artesanías y otros para entretención, didácticos, juegos; y uso del tiempo libre, de bebés, niños y adultos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XIX.- Máquinas y equipos. La compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de máquinas y de equipos de construcción, de sus accesorios y repuestos; y cualquier acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XX.- Modas, Boutique, Sastrería. La confección, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebés, ya sea casual, deportivo, formal o de gala; la compraventa de modelos exclusivos diseñados o fabricados; perfumes, joyas y accesorios, artesanía, obras de arte, adornos para el hogar y demás que se venden en boutiques, sastrerías y tiendas de modas; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXI.- Panadería y Fuentes de Soda. La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, importación, exportación y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sandwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas y toda suerte de masas, dulces o saladas; helados, jugos de frutas y otros, bebidas analcohólicas y alcohólicas, té, café, chocolate, alimentos fríos o calientes y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro, para las personas; Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXII.- Pescadería y Marisquería. La compraventa, distribución, consignación, importación, exportación y tratamiento de pescados, mariscos, moluscos y crustáceos y otros productos del mar, en todas sus formas: frescos, congelados y enlatados; Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXIII.- Plásticos. La elaboración, fabricación, compraventa, importación, exportación, mantención y reparación de toda clase de plásticos, reciclables o no, polímeros o no, y otros relacionados, en la actualidad o en el futuro, con toda clase de bienes, artefactos o cosas moldeables de plástico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXIV.- Prestación de servicios. La prestación de servicios a clientes en las áreas del comercio; la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXV.- Publicidad y propaganda. El estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad y de propaganda de todo tipo; la producción, compraventa y arrendamiento de vídeos y material audiovisual, libros, folletos, películas, cintas magnéticas, discos, diskettes, dibujos, mapas, planos, fotografías, pinturas, originales y reproducciones, obras de arte y toda forma actual o futura de comunicar ideas o sentimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXVI.- Refrigeración. El estudio o trabajo científico y técnico de la refrigeración; de alimentos y de otros, en hogares, industrias, locales, laboratorios y otros, con cualesquiera de los sistemas aceptados por la legislación, las normas vigentes y la Ecología; la fabricación de hielo y, en general, la realización de las actividades relacionadas con la congelación. Asimismo, la compraventa, fabricación, instalación, arrendamiento, reparación, mantenimiento y otros sobre máquinas, equipos y herramientas para refrigeración, sus repuestos y demás; y la importación y la exportación de los mismos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXVII.- Salón de Belleza, Centro de Estética. El desarrollo de toda la actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal en ambos sexos; incluyendo, entre otros, los tratamientos corporales y faciales, peluquería, cosmetología, podología, sauna, solarium, gimnasia de todo tipo, danza, depilación, electrofísicos, asesoría médica de facultativos y todo tipo de tratamientos en la materia; el uso, compraventa, importación, exportación de toda clase de máquinas, vestuario, accesorios, productos cosmetológicos y naturales; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXVIII.- Telecomunicaciones. El ejercicio de toda actividad relacionada con las comunicaciones, sean efectuadas por radio, por líneas telefónicas, satélites, microondas o en cualquiera otra forma. Asimismo, la importación, exportación, compraventa, arrendamiento e instalación de radiotransmisores, equipos, antenas, repuestos y accesorios; reparación de los mismos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXIX.- Textil. La instalación, construcción, dar y tomar en arrendamiento plantas o fábricas textiles; compraventa, importación, exportación, consignación, intermediación de telares, maquinaria para el tratamiento de lanas e hilos, tejidos, telas, hilados, materia prima para confeccionar hilados y telas; todo lo que, en la actualidad o que, de cualquiera forma, en el futuro, diga relación con hilados, telas, tejidos y su elaboración; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXX.- Vitivinicultura. La importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de los licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. XXXI.- Zona Franca. Usuario. La comercialización, representación, importación, exportación y distribución de todo tipo de productos comerciables tanto en Zona Franca como en zona extensión y/o en el resto del país; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. DURACION: La sociedad comenzará sus operaciones con esta fecha y el plazo de duración será indefinido. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña PATRICIA VICTORIA RAMIREZ YAÑEZ; don SEBASTIAN ANTONIO OGNO RODRIGUEZ; y don EDOARDO ANDRES OGNO RODRIGUEZ; quienes conjuntamente actuarán en nombre de la sociedad y la representarán, amplias facultades. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, que los accionistas suscriben y pagan de la siguiente forma: A) el socio doña PATRICIA VICTORIA RAMIREZ YAÑEZ, suscribe 34 ACCIONES, que paga íntegramente en este acto, ingresando al contado y en dinero efectivo a la caja social la cantidad de $340.000. B) el socio don SEBASTIAN ANTONIO OGNO RODRIGUEZ, suscribe 33 ACCIONES, que paga íntegramente en este acto, ingresando al contado y en dinero efectivo a la caja social la cantidad de $330.000; y C) el socio don EDOARDO ANDRES OGNO RODRIGUEZ, suscribe 33 ACCIONES, que paga íntegramente en este acto, ingresando al contado y en dinero efectivo a la caja social la cantidad de $330.000. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 09 de diciembre de 2019.