CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

MADERAS JOSE ORTIZ E.I.R.L.

RUT 4420843-1 CVE 1698184
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Temuco
Duración
cinco años contados desde fecha escritura extractada, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos y bajo las mismas modalidades, en forma que señala escritura de constitución

Objeto social

la comercialización de todo tipo de maderas y leña o cualquier otra actividad afín que el constituyente determine

Administración

corresponderá exclusivamente al constituyente don JOSÉ ANDRÉS ORTIZ GAJARDO.- Facultades en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2019, otorgada ante mí, don JOSÉ ANDRÉS ORTIZ GAJARDO, chileno, jubilado, 73 años de edad, cédula nacional de identidad N° 4.420.843-1, casado, domiciliado en calle Tres Oriente N° 180 de Labranza, comuna de Temuco, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada con el nombre de: “MADERAS JOSE ORTIZ E.I.R.L.”, y el nombre de fantasía será “MADERAS ORTIZ E.I.R.L”.- Objeto: la comercialización de todo tipo de maderas y leña o cualquier otra actividad afín que el constituyente determine.- Capital: $15.000.000, que se entera en acto escritura mediante el aporte en propiedad de un inmueble urbano de una superficie aproximada de mil doscientos treinta y siete metros cuadrados, ubicado en calle Tres Oriente número ciento setenta y uno, del sector Labranza, comuna de Temuco, Rol de avalúo fiscal número dos mil trecientos quince guion seis de la comuna de Temuco.- Administración: corresponderá exclusivamente al constituyente don JOSÉ ANDRÉS ORTIZ GAJARDO.- Facultades en escritura.- Duración: cinco años contados desde fecha escritura extractada, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos y bajo las mismas modalidades, en forma que señala escritura de constitución.- Domicilio: ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pudieren establecerse en el resto del país o extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 13 de diciembre de 2019.