INVERSIONES Y ASESORIAS PROFESIONALES GAPSEE SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago, Bandera 341, Of. 352, certifica que por escritura pública de 22 de Noviembre 2019, GERMAN ANDRES SEEMANN ERAZO, arquitecto, Rut 14.530.223-4, Vicuña Mackenna 420, Of. 305, Viña del Mar, Quinta Región; ANA MARIA SEEMANN ERAZO, educadora de párvulos, Rut 13.851.875-2, Fray Montalva 102, Depto. 409, Las Condes, Santiago; y PAULA ANDREA SEEMANN ERAZO, ingeniero civil industrial, Rut 15.911.677-8, San Francisco de Asís 205, Depto. 413, Las Condes, Santiago, modificaron INVERSIONES Y ASESORIAS PROFESIONALES GAPSEE SpA, Rut 76.258.811-0, inscrita originalmente a fojas 69.215 No. 48.157 Registro Comercio Santiago 2012, modo siguiente: 1) Se modifica la razón social de la compañía, reemplazando al efecto el artículo primero de los Estatutos Sociales, por el siguiente nuevo: “ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina “FORESTAL ALTO LLANCAHUE SpA”. 2) Se amplía el objeto social, modificándose el artículo cuarto de los Estatutos Sociales, el que se reemplaza por el siguiente nuevo: “ARTICULO CUARTO: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b) La prestación de asesorías profesionales y asistencia técnica, investigación, proyectos y diseños en las diversas ramas de la actividad económica, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas y privadas; c) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; d) La explotación de toda clase de predios agrícolas, de los que sea propietaria, usufructuaria, arrendataria, o respecto de los cuales sea titular de cualquier tipo de derechos, posesión o mera tenencia, como asimismo, la adquisición a cualquier título de predios agrícolas o de derechos sobre los mismos, la explotación, administración, arrendamiento y enajenación total o parcial de éstos y la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola; y e) La adquisición y explotación a cualquier título de predios rústicos de aptitud forestal, la forestación y reforestación de los mismos, la ejecución de todos los trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación de éstos, como asimismo, la ejecución de cualquier otra actividad o negocio del ramo forestal. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora." Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 2 de Diciembre 2019. PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago.