GRUPO SAR EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2019
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 6 de Diciembre de 2019, ante mí, doña MORELIA DEL CARMEN REBOLLEDO SMITMANS, ,doña MORELIA ELVIRA SMITMANS SOTO, ambas con domicilio en Emilia Téllez número 4.562 , de la comuna de Ñuñoa y ciudad de Santiago, doña LAURA CATALINA REBOLLEDO LEVET, don JOAQUIN VICENTE REBOLLEDO LEVET, don MARTIN NICOLAS REBOLLEDO LEVET, todos éstos últimos domiciliados en Carlos Silva Vildósola número 8.820 , casa D, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “GRUPO SAR EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS LIMITADA", conocida también como “GRUPO SAR EST”, constituida por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago don Félix Jara Cadot , con fecha 13 de Agosto 2015, los comparecientes, constituyeron la sociedad “GRUPO SAR EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS LIMITADA", la que se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 59.638 número 34.896 año 2015 . Un extracto de la antedicha escritura de constitución se publicó en el Diario Oficial número 41.236 con fecha 19 de agosto de ese mismo año. La sociedad no ha sido modificada. Conforme al pacto social vigente a esta fecha los socios que la integran tienen las siguientes participaciones en el capital social de la sociedad, un cincuenta por ciento cada una, socia doña MORELIA DEL CARMEN REBOLLEDO SMITMANS y doña MORELIA ELVIRA SMITMANS SOTO. Modificaciones consisten: MORELIA DEL CARMEN REBOLLEDO SMITMANS, vende, cede y transfiere, una parte de sus derechos en la sociedad, que representan un 10% del total de los derechos sociales doña LAURA CATALINA REBOLLEDO LEVET. El precio de la referida cesión es la suma de 1.000.000.- que la cesionaria paga a la cedente, íntegramente, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibirlo a su total y entera satisfacción. Asimismo, MORELIA ELVIRA SMITMANS SOTO, vende, cede y transfiere, un porcentaje de sus derechos en la sociedad, los que representan un 20 % de los derechos sociales, a don JOAQUIN VICENTE REBOLLEDO LEVET. El precio de la referida cesión es la suma de $2.000.000.-, que la cesionaria paga a la cedente, íntegramente, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando éste recibirlo a su total y entera satisfacción. Asimismo, por el presente instrumento, la socia MORELIA ELVIRA SMITMANS SOTO, en adelante la cedente, con el consentimiento de los demás socios comparecientes, vende, cede y transfiere, un porcentaje de sus derechos en la sociedad, los que representan un 20 % de los derechos sociales, a don MARTIN NICOLAS REBOLLEDO LEVET en adelante el cesionario quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la referida cesión es la suma de $2.000.000.-, que la cesionaria paga a la cedente, íntegramente, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando éste recibirlo a su total y entera satisfacción. QUINTO: Asimismo, por el presente instrumento, la socia MORELIA ELVIRA SMITMANS SOTO, en adelante la cedente, con el consentimiento de los demás socios comparecientes, vende, cede y transfiere, el porcentaje restante de sus derechos en la sociedad, los que representan un 10 % de los derechos sociales, a doña LAURA CATALINA REBOLLEDO LEVET en adelante la cesionaria, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la referida cesión es la suma de $1.000.000.-, que la cesionaria paga a la cedente, íntegramente, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando éste recibirlo a su total y entera satisfacción. De esta forma la socia Morelia Elvira Smitmans Soto se retira de la sociedad. Como consecuencia de las cesiones de derechos referidas en las cláusulas que anteceden, la sociedad queda conformada por los siguientes socios, con la siguiente participación en el capital social de la empresa: a) La socia doña MORELIA DEL CARMEN REBOLLEDO SMITMANS, con un 40 % del capital social. b) La socia LAURA CATALINA REBOLLEDO LEVET, queda con un 20 % del capital social c) El socio don JOAQUIN VICENTE REBOLLEDO LEVET, queda con el 20 % del capital social. d) El socio don MARTIN NICOLAS REBOLLEDO LEVET, queda con el 20 % del capital social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por este instrumento se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del contrato social. Santiago, 6 de Diciembre de 2019.-