Inversiones Pepe Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2019
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de 30 años contados desde la presente fecha. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que uno o más socios, exprese o expresen, según sea el caso, su voluntad en contrario, mediante escritura pública cuyo extracto se inscriba al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 1 año a la fecha de expiración del plazo vigente.- vi/
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; /b) la participación en cualquier tipo de entidad legal o sociedad, especialmente sociedades civiles o comerciales, y el ejercicio de las facultades que le corresponda como socio, accionista o administrador de dichas entidades, y c) cualquier otra actividad conexa o conducente al cumplimiento de los objetivos señalados anteriormente, y en general, realizar cualquier otra actividad que los socios acuerden.- v)
Administración
Corresponderá a doña Bárbara del Río Goudie, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos, convenciones, negocios y trámites que se relacionen con el giro de la misma.- iii/
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34 notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 27 de noviembre de 2019, ASESORÍAS E INVERSIONES SINAÍ SpA y doña BÁRBARA DEL CARMEN DEL RÍO GOUDIE, todos domiciliados para estos efectos en calle Alcántara Nº 200, oficina 1003, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: i) Razón Social: “Inversiones Pepe Limitada”, pudiendo usar para fines promocionales, bancarios y tributarios también la denominación “Inversiones Pepe Ltda.”.- ii/ Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá a doña Bárbara del Río Goudie, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos, convenciones, negocios y trámites que se relacionen con el giro de la misma.- iii/ Capital: $10.000.000, que los socios pagaron, aportaron y enteraron en el acto de constitución, de la siguiente forma: /a/ Asesorías e Inversiones Sinaí SpA pagó, aportó y enteró en dinero efectivo, la suma de $9.990.000, correspondientes al 99,9% del capital social, y /b/ doña Bárbara del Río Goudie pagó, aportó y enteró en dinero efectivo, la suma de $10.000, correspondientes al 0,1% del capital social.- iv/ Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; /b/ la participación en cualquier tipo de entidad legal o sociedad, especialmente sociedades civiles o comerciales, y el ejercicio de las facultades que le corresponda como socio, accionista o administrador de dichas entidades, y c) cualquier otra actividad conexa o conducente al cumplimiento de los objetivos señalados anteriormente, y en general, realizar cualquier otra actividad que los socios acuerden.- v) Duración: La duración de la sociedad será de 30 años contados desde la presente fecha. Este plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que uno o más socios, exprese o expresen, según sea el caso, su voluntad en contrario, mediante escritura pública cuyo extracto se inscriba al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 1 año a la fecha de expiración del plazo vigente.- vi/ Responsabilidad de los socios: La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las demás estipulaciones que no son materia de extracto, constan en la escritura extractada.- Santiago, 02 de diciembre de 2019.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.