CAUR PRODUCTOS ORGANICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2019
- Notario
- MARIA PAZ VALDEZ VEJAR
- Domicilio
- Titular FRANCISCO VARAS FERNANDEZ
- Comuna
- Trigésima Segunda
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 3 años contados de la fecha de la escritura, prorrogables
Objeto social
El objeto de la sociedad es ELABORACIÓN, PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, VENTA, IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ORGÁNICOS y toda otra actividad relacionada con lo anterior
Administración
el uso del nombre o la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a exclusivamente a don DIEGO IGNACIO PÉREZ MARTÍNEZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, la obligará con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PAZ VALDEZ VEJAR, Abogado, Notario Público Suplente del Titular FRANCISCO VARAS FERNANDEZ, de la Notaría Trigésima Segunda, calle Paseo Phillips Nº 23 Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 28 de Noviembre de 2019, ante mí, DIEGO IGNACIO PÉREZ MARTÍNEZ y doña MARÍA SOLEDAD MARTÍNEZ ADAMS, ambos con domicilio en Domingo Bondi N° 1035, depto 406, Las Condes, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. Razón Social: El nombre o razón social CAUR PRODUCTOS ORGANICOS LIMITADA, pudiendo actuar válidamente con el nombre de fantasía CAUR ORGANIC LTDA. Objeto Social: El objeto de la sociedad es ELABORACIÓN, PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, VENTA, IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ORGÁNICOS y toda otra actividad relacionada con lo anterior. Domicilio Social: Ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer sucursales dentro o fuera del territorio de la República. Vigencia: 3 años contados de la fecha de la escritura, prorrogables. Capital Social: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), el cual es aportado por los socios de la forma que sigue: a) don DIEGO IGNACIO PÉREZ MARTÍNEZ suscribe el 35% del capital social, pagado con la suma de $350.000 a integrar dentro del plazo de 24 meses desde la fecha de la firma del presente contrato; Y b) doña MARÍA SOLEDAD MARTÍNEZ ADAMS suscribe el 65% restante del capital social, pagado con la suma de $650.000 a integrar dentro del plazo de 24 meses desde la fecha de la firma del presente contrato. Responsabilidad: La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: el uso del nombre o la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a exclusivamente a don DIEGO IGNACIO PÉREZ MARTÍNEZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, la obligará con las más amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de Diciembre de 2019.