DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS SUR CAPITAL SpA

RUT 76013165-2 CVE 1697104
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2019
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público 40 Notaría de Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozo Aguilar, Teatinos Nº 332, Santiago, certifico que con esta fecha, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria Accionistas de fecha 19 de noviembre de 2019 ASESORÍAS SUR CAPITAL SpA, inscrita a fojas 41.370 número 25.698 del Registro de Comercio Santiago del año 2014, en que se acordó: Aprobar la fusión por absorción por incorporación en SUR CAPITAL M S.A., sociedad que la sucederá en todos sus derechos y obligaciones y a la cual se incorporan la totalidad de los activos y pasivos y del patrimonio y accionistas del ente fusionado.; Aprobar los estatutos de SUR CAPITAL M S.A. inscrita a fojas 4.270 número 2.931 Registro de del año 2008; Aprobar los balances y los estados financieros al 31 de julio de 2019 de la sociedad ASESORÍAS SUR CAPITAL SpA que se fusiona en la sociedad SUR CAPITAL M S.A. La fusión por incorporación regirá a contar del 31 de julio de 2019; Aprobar en todas sus partes el informe pericial de fusión; Aprobar los balances de las sociedades que se fusionan y aprobar especialmente los valores del patrimonio que se traspasan a esa compañía y los números de acciones que se distribuirán a los accionistas de la compañía que eran a su vez accionistas de la sociedad fusionada que se incorpora en SUR CAPITAL M S.A., según se determina en el Informe Pericial, aprobando la incorporación de los activos y pasivos que componen dicho patrimonio en los valores indicados; y Declarar que la sociedad absorbente SUR CAPITAL M S.A, se hace responsable de todos los impuestos que se adeudaren por la sociedad que se disuelve como consecuencia de la fusión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 03 de diciembre de 2019.