CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ODONTOLOGIA GENERAL Y ESPECIALIDADES SpA

RUT 76220868-7 CVE 1696631
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de mayo de 2012
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2012
Notario
Elena Leyton Carvajal
Oficio
Tercera Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Elena Leyton Carvajal, Notario Público, titular Tercera Notaría de La Serena, con domicilio en calle Cordovez 317, La Serena, certifica: Por escritura pública, de hoy, ante mí, doña BERNARDITA FRANCISCA MARIA POBLETE CONTRERAS, profesora, y don DAVID GUILLERMO CARRASCO GODOY, dentista, ambos domiciliados en calle Mónaco 589, casa 11, La Serena; transforman sociedad “ODONTOLOGIA GENERAL Y ESPECIALIDADES LIMITADA” y con el nombre abreviado “DENTO SALUD LTDA.”, constituida el 24.05.2012 ante el Notario de Concepción don Ernesto Valenzuela Norambuena, inscrita en extracto a fojas 1218 Nº 1153 en Registro Comercio de Concepción, del 2012 y publicada en D.Of. de 28.05.2012; opera con el RUT 76.220.868-7 De acuerdo al estatuto social vigente, el capital social asciende a $4.000.000.- en una sociedad por acciones, fijando nuevo estatuto. Constituyen una Sociedad Por Acciones. Objeto social será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades odontológicas, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o a través de terceros, por medio de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales de laboratorista dental y cualesquier otro negocio que acordaren los socios, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las mencionadas anteriormente. Nombre: ODONTOLOGIA GENERAL Y ESPECIALIDADES SpA y su domicilio será la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las sucursales que pudieren abrirse en el resto del país. Duración: indefinida. Capital: $4.000.000.-, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en los artículos transitorios, dividido en 100 acciones de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagadas con sus derechos en el capital de la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma, por un valor total de $4.000.000.- ya ingresado a la caja social. Capital, se suscribe y paga: BERNARDITA FRANCISCA MARIA POBLETE CONTRERAS suscribe en este acto 20 acciones, a razón de $40.000.- cada acción, vale decir, la suma de $800.000.-, íntegramente suscrito y pagadas con sus derechos en el capital de la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma, por un valor total de $800.000.-, ya ingresado a la caja social. DAVID GUILLERMO CARRASCO GODOY, suscribe en este acto 80 acciones, a razón de $40.000.- cada acción, vale decir, la suma de $3.200.000.-, íntegramente suscrito y pagadas con sus derechos en el capital de la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma, por un valor total de $3.200.000.-, ya ingresado a la caja social. De esta forma, por este acto se suscribieron como socios constituyentes un total de 100 acciones, encontrándose pagado el 100% de la totalidad de las acciones, dándose en consecuencia por enterado el 100% del total del capital social. La sociedad será administrada por un Gerente General que puede ser o no accionista, el que deberá ser elegido por la Junta de Accionistas y su designación anotada al margen de la inscripción social. Articulo 1° Transitorio, se designa como Gerente General con carácter provisorio a don DAVID GUILLERMO CARRASCO GODOY, nombramiento que será válido mientras no sea revocado por la Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas de la compañía y que tendrá las facultades de administración y disposición que se señalan en el estatuto. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 03 Diciembre 2019.