MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Union SpA

RUT 77032306-1 CVE 1696924
Fecha instrumento
2 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de julio de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con Oficio en calle Bandera número 341, Oficina 352, Santiago, certifico: Con fecha 21 de noviembre de 2019, Repertorio Nro. 41.644, ante mí, se realizó por escritura pública una Declaración de los Accionistas de “Inmobiliaria Union SpA”, sociedad inscrita a fs. 19417, Nº 9927 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, quienes acordaron sanear, en conformidad a las disposiciones de la Ley Nº 19.499, el vicio formal de nulidad consistente en la inscripción tardía en el Registro de Comercio de Santiago y falta de publicación en el Diario Oficial, del extracto de la escritura pública de Declaración de Accionistas, de fecha 2 de julio de 2019 otorgada ante mí, Francisco Jose Lira Teuber, Notario Suplente del Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, con Oficio en calle Bandera número 341, Oficina 352, Santiago, en la cual se acordó modificar los estatutos de la sociedad estableciendo una nueva estructura de poderes de la misma y designar nuevos apoderados. Se deja expresa constancia que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 19.499, el presente saneamiento producirá efecto retroactivo al 02 de julio de 2019, fecha de la escritura pública de Declaración de Accionistas de Inmobiliaria Unión SpA, celebrada ante Francisco Jose Lira Teuber, Notario Suplente del Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, con Oficio en calle Bandera número 341, Oficina 352, Santiago, mediante la cual se modificó la estructura de poderes y se designó nuevos apoderados, de manera tal que producirán plenos efectos a partir de esa fecha. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Diciembre de 2019.-