INMOBILIARIA E INVERSIONES GIACERON LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 64266
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, Piso 2, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 25 de Noviembre de 2019, Repertorio N°64.266, ante mí, GIAMPIERO GIARETTI CERÓN, chileno, soltero, ingeniero, C.I.N°16.358.611-1, por sí, y en representación JOSÉ PASCUAL GIARETTI SOLANO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, C.I.N°4.429.873-2; ALICIA DEL CARMEN CERÓN LASTRA, chilena, jubilada, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N°7.334.764-5; SEBASTIÁN ANDRÉS GIARETTI CERÓN, chileno, soltero, ingeniero, C.I.N°17.958.082-9, domiciliados todos en calle El Atajo N°2189, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y JOSÉ TOMÁS GIARETTI CERÓN, chileno, casado bajo el régimen de participación de gananciales, constructor, C.I.N°15.780619-K, domiciliado en calle San Juan De La Luz N°4189, depto. 613, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, vienen en modificar la sociedad denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES GIACERON LIMITADA”, constituida por escritura pública el 30 de Agosto del 2019, ante don Alvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, inscrita a fojas 74.313 N°36.455 del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en extracto en el Diario Oficial N°42.461 de fecha 25 de Septiembre del año 2019. La sociedad tiene su domicilio en Santiago, y gira bajo el RUT N°77.081.291-7. Con el consentimiento de todos los socios se modifica la sociedad en el sentido que se retira de la sociedad, don JOSÉ PASCUAL GIARETTI SOLANO, quién vende, cede y transfiere sus derechos sociales, titular de un 35% de derechos en la sociedad, vende en 12% de sus derechos sociales a don SEBASTIÁN ANDRÉS GIARETTI CERÓN; un 12% de sus derechos sociales, a don GIAMPIERO GIARETTI CERÓN; y, un 11% de sus derechos sociales a don JOSÉ TOMÁS GIARETTI CERÓN, declarando estos tres últimos que compran y adquieren para sí, los mencionados derechos.- Precio: $140.000.000, que los compradores o cesionarios pagan de la siguiente manera: don SEBASTIÁN ANDRÉS GIARETTI CERÓN, $48.000.000; don GIAMPIERO GIARETTI CERÓN, $48.000.000; y don JOSÉ TOMAS GIARETTI CERÓN, $44.000.000. Esta suma la cancelaran los compradores o cesionarios de la siguiente manera: a) don SEBASTIÁN ANDRÉS GIARETTI CERÓN paga $48.000.000 con $10.000.000 al contado y en dinero efectivo y el saldo de $38.000.000 en una sola cuota de $38.000.000 con vencimiento el 30 de Diciembre del año 2020, b) don GIAMPIERO GIARETTI CERÓN cancela $48.000.000 con $10.000.000 al contado, en dinero efectivo y en este acto; y el saldo de $38.000.000 en una sola cuota con vencimiento 30 de Diciembre del año 2020, y, c) don JOSÉ TOMÁS GIARETTI CERÓN, cancela $44.000.000, con $10.000.000 al contado y en este acto en dinero efectivo, y el saldo de $34.000.000 en una sola cuota al 30 de Diciembre del año 2020. Queda en consecuencia íntegramente pagado el precio total de la Venta y Cesión de Derechos sociales que tiene don JOSÉ PASCUAL GIARETTI SOLANO en la compañía, quien su mandatario y representante legal don GIAMPIERO GIARETTI CERÓN, en la representación que inviste declara recibir de esta manera a entera y total satisfacción del cedente y en este acto el precio total de la cesión y venta de los derechos sociales ya citados precedentemente. A consecuencia de la cesión y venta de los derechos sociales que don JOSÉ PASCUAL GIARETTI SOLANO ha efectuado por esta escritura pública, quedan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES GIACERON LIMITADA” o “INVERSIONES GIACERON LIMITADA”; doña ALICIA DEL CARMEN CERÓN LASTRA con un 35% de derechos en el haber social; don GIAMPIERO GIARETTI CERÓN con un 22% de derechos sociales; don SEBASTIÁN ANDRÉS GIARETTI CERÓN con un 22% de derechos en la compañía; y, don JOSÉ TOMÁS GIARETTI CERÓN un 21% de derechos en la sociedad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por este instrumento público, se mantienen vigentes todas las normas, clausulas y disposiciones de la escritura de constitución de la sociedad referidas en la cláusula primera de esta escritura, que se dan íntegramente por reproducidas sin limitación alguna.- Demás estipulaciones en instrumento extractado.- Santiago, 26 de Noviembre de 2019.