MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA DEL LAGO LIMITADA

RUT 76695353-0 CVE 1696863
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2019
Notario
Francisco Javier Muñoz Flores
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don RODRIGO ANTONIO OLIVARES TSCHEREBILO en representación de don MARIO FERNANDO CORTÉS ROBIN; don MARIO IGNACIO CORTÉS MARTINI; doña CAMILA FERNANDA CORTÉS MARTINI; don EDUARDO ANDRÉS CORTÉS CARRASCO; todos domiciliados en Fundo Huifquenco de la ciudad y comuna de Villarrica, don DANIEL MATTHIAS HANY, con domicilio en Villa Casahue, ciudad y comuna de Loncoche; y, don JUAN CARLOS FUICA GAETE, domiciliado en calle Pedro León Gallo número mil noventa y nueve de la comuna de Villarrica, vienen en corregir y sanear cualquier vicio formal de la modificación de la sociedad INMOBILIARIA DEL LAGO LIMITADA, modificación suscrita por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2019 en la Notaria de Villarrica de don Francisco Javier Muñoz Flores, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica a fojas 104 N° 62 del año 2019 y publicado en el el extracto de la referida escritura pública de la modificación de la administración de la sociedad, modificación consistente en que, a partir de esa fecha, la administración y razón social corresponderá conjuntamente a don JUAN CARLOS FUICA GAETE con don MARIO FERNANDO CORTÉS ROBIN o doña CAMILA FERNANDA CORTÉS MARTINI, quienes actuando en representación de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social pudiendo incluso auto contratar. Quedan vigentes demás estipulaciones del pacto social. Villarrica, 03 de Diciembre de 2019.