CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PEÑA RESIDUOS SpA

RUT 8904559-2 CVE 1695640
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2019
Notaría
Buin
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2019
Notario
MYRIAM ESCOBAR DIAZ
Oficio
Segunda Notaría de Buin
Comuna
Buin

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP
Domicilio
Será Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ESCOBAR DIAZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Buin, Balmaceda 316, comuna de Buin, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, MARIA EUGENIA OLIVOS ARAYA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, edad 58 años, C.I. N° 8.904.559-2 y JUAN LUIS PEÑA OLIVOS, chileno, soltero, empresario, edad 20 años, C.I. N° 20.041.865-4, ambos domiciliados en Parcela 6, Lo Infante, comuna de San Bernardo, de paso por ésta, constituyeron sociedad por acciones, RAZON SOCIAL. “PEÑA RESIDUOS SpA.”, que se regirá por el estatuto contenido en el presente instrumento y por las normas imperativas de obligada aplicación contenidas en la legislación chilena. DOMICILIO: Será Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. DURACIÓN. Será indefinida, a contar de la fecha de la escritura. OBJETO. La sociedad tendrá por objeto: Transporte de carga por carretera, demolición de edificios, retiro de escombros y residuos industriales, ganaderos y agrícolas y en general, cualquier otro giro, acto o contrato que los accionistas establezcan con posterioridad y diga relación directa o indirecta con su objeto social. CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de $12.000.000, dividido en cien acciones nominativas y sin valor nominal y se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresan a la caja social. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Se designa en forma definitiva para el cargo de Gerente General a JUAN LUIS PEÑA OLIVOS, ya individualizado, quien tendrá la administración, representación y uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, conjuntamente con todas y cada de una las facultades contenidas en el artículo sexto de dicha escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. BUIN, 29 noviembre 2019.