Inmobiliaria e Inversiones Fejo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 1610
- Notario
- MARIA LUISA VERA JERALDO
- Domicilio
- Titular doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $125.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA LUISA VERA JERALDO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, con oficio en Villa Alemana, Calle Patricio Lynch número treinta y nueve, en virtud del decreto económico número doscientos noventa y ocho de dos mil diecinueve del Juzgado de Letras de Villa Alemana, de fecha cuatro de diciembre del presente año, Protocolizado con esta misma fecha, bajo el Repertorio numero mil seiscientos treinta y cuatro, del registro de instrumentos públicos a mi cargo, Sexto Bimestre, año dos mil diecinueve, certifico que por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2019, ante doña Paulina Sotomayor Graepp, bajo el Repertorio N° 1610, don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, domiciliado en calle Maturana número trescientos ochenta y seis, Villa Alemana; ESTEBAN SALAS SOLARI, domiciliado en calle Progreso número mil, casa veintiséis, Villa Alemana; ALEXIS LEONARDO GONZALEZ AHUMADA, domiciliado en calle Valentín Letelier número ciento cuarenta y siete, Villa Alemana; ANY AMBAR MENARES GOMEZ, domiciliada en Fundo El Rincón, Parcela ciento treinta y siete A, Villa Alemana; y FRANCISCO JAVIER TOSO CANEPA, representado por don JORGE NATALIO TOSO PAVISSICH, ambos domiciliados para estos efectos en calle Victoria número cero doscientos cincuenta y seis, Villa Alemana; modifican sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FEJO LIMITADA”, nombre de fantasía “FEJO LTDA.”, Rut 76.483.599-9,constituida por escritura de fecha veinticinco de mayo de dos mil quince, Repertorio número siete mil quinientos veinticinco, otorgada en la Notaría de Viña del Mar, de don Luis Fischer Yávar, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento veinticinco vuelta número noventa y cuatro, del Registro de Comercio del año dos mil quince, a cargo del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Villa Alemana y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil doscientos once, con fecha veinte de julio de dos mil quince.-La sociedad actualmente tiene un capital social de $125.000.000.-. CESIONES DE DERECHOS: A) don ESTEBAN SALAS SOLARI, cede y transfiere a don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, quien adquiere y acepta para sí, todos los derechos que posee en la sociedad, equivalentes a un dieciocho por ciento de derechos, en el precio de diecisiete millones de pesos, que se pagan en la forma estipulada en la escritura extractada; B) doña ANY AMBAR MENARES GOMEZ, cede y transfiere a don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, quien adquiere y acepta para sí, todos los derechos que posee en la sociedad, equivalentes a un trece por ciento de derechos, en el precio de quince millones de pesos, que se pagan en la forma estipulada en la escritura extractada. Se deja expresa constancia que los derechos que por este acto se transfieren, en total equivalen al treinta y uno por ciento del capital social, pero que, conforme a lo estipulado en los estatutos sociales, equivalen a un veinticinco por ciento en la participación de utilidades y pérdidas, por tanto, don JOSÉ LUIS URRUTIA ACEVEDO, tendrá una participación social de un sesenta y cinco por ciento en las utilidades y pérdidas de la sociedad. En virtud de las cesiones de derechos antes señaladas, quedan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FEJO LIMITADA”, don Francisco Javier Toso Canepa, con una participación social de un treinta y dos por ciento de derechos en la sociedad; don José Luis Urrutia Acevedo, con una participación social de un cincuenta y cinco por ciento de derechos en la sociedad; don Alexis Leonardo González Ahumada, con una participación social de un trece por ciento de derechos en la sociedad.MODIFICACIÓN: Los actuales socios modifican los estatutos de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FEJO LIMITADA”, respecto a la administración y uso razón social, conforme a lo siguiente:La ADMINISTRACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL a partir de esta fecha, corresponderá exclusivamente al socio JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, quien actuando en la forma antes dicha y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las más amplias facultades y limitaciones, todas ellas señaladas en la cláusula DÉCIMO PRIMERA de la escritura que da origen al presente extracto. En todo lo no expresamente modificado, se mantiene vigente el pacto social constitutivo. Villa Alemana, 10 de Diciembre de 2019.