MODIFICACIÓN Cooperativa

Cooperativa Conciencia y Desarrollo Coyde Los Ríos

CVE 1695463
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2018
Notaría
Valdivia

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2018
Repertorio
3980-2019
Comuna
Valdivia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS, abogado, titular de la Tercera Notaría de Valdivia, con Oficio en calle Independencia N 548, de esta ciudad de Valdivia, certifico que en Junta General de Socios de 09 de Junio del 2019, reducida a escritura pública con esta fecha, ante mí, Repertorio Nº 3.980-2019, de COOPERATIVA CONCIENCIA Y DESARROLLO COYDE LOS RIOS, los socios por unanimidad aprueban por unanimidad acuerdos de la Junta, y modifican estatutos que fueron reducidos a Escritura Pública en la Notaría de Valdivia de don Luis Gonzalo Navarrete Villegas con fecha 21 de Septiembre de 2018, Repertorio N° 3142-2018, inscrita en el Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Valdivia a fojas 391, número 243, correspondiente al año 2018. Entre las reformas hechas a los estatutos se encuentra el artículo sexto, en el sentido de modificar el número de cuotas suscrito por los socios. El artículo decímo, en el sentido de esclarecer que ningún socio podrá ser propietario de mas de un 20% del capital de la cooperativa. El artículo decímo tercero, que establece la constitución de un fondo de reservas voluntarias y un fondo de provisión por parte de la Junta General Obligatoria de Socios. El artículo decímo sexto, donde se agrega la incorporación de socios por sucesión por causa de muerte. El artículo vigésimo cuarto, que aborda el proceso de exclusión. El artículo vigésimo quinto, sobre la apelación de la exclusión. El artículo vigesímo sexto que trata sobre las notificaciones de la asamblea, donde se remplaza la palabra Consejo de administración por Gerente Administrador. El artículo vigésimo septimo, sobre los efectos de la exclusión, donde se remplaza la palabra Consejo de administración por Gerente Administrador. El artículo vigésimo octavo, que trata sobre la renuncia a la cooperativa, en este artículo se agregan motivos por los cual un socio no podría renunciar y las facultades y obligaciones del Gerente Administrador. El artículo vigésimo noveno, donde se aclara el proceso transmisión de derechos a los herederos de socios o socias por fallecimiento. El artículo trigésimo segundo, sobre la estructura orgánica de la cooperativa, donde se elimina el nombre de las actuales personas del actual Gerente Administador y la actual Inspectora de Cuentas. El artículo trigésimo tercero, donde se incluye un requisito para desempeñar un cargo en la cooperativa. El artículo trigésimo octavo, sobre la junta general de socios especialmente citada o extraordinaria, donde se agrega un inciso. El artículo cuadragésimo quinto, sobre los acuerdos de las juntas generales, donde se establecen las condiciones para ser apoderado. El árticulo cuadragésimo sexto, que aborda las elecciones de Inspector de Cuentas y Gerente Administrador. El artículo cuadragésimo noveno, sobre las actas, traspasando responsabilidades del Consejo de adminsitración al Gerente Administrador y un socio que cumpla funciones de apoyo. El artículo quincuagésimo, sobre las facultades del Gerente administrador y los libros que debe llevar. El artículo quincuagésimo primero, sobre la designación y duración del gerente. El artículo quincuagésimo cuarto, sobre el reemplazo de titulares en su cargo, y el artículo quincuagésimo quinto, sobre las facultades del Inspector de cuentas. Todos estos aprobados por unanimidad en la asamblea. Además se agrega el artículo TRANSITORIO 1, donde se establece para cada cargo los socios que asumiran por el periodo establecido. Concurrieron 05 socios a junta general de socios. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Valdivia, 06 de Noviembre del 2019.