Agrícola Los Prados de la Colinada Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2015
Sociedad
- Capital
- $259.158.583 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO MARCELO POBLETE MORALES, Notario de Curicó, suplente del titular RENÉ LEÓN MANIEU, Carmen 489 Curicó, certifica que con fecha 04 de diciembre de 2019, ante el Notario titular Rene Leon Manieu, compareció, Gonzalo Andrés Prado Vidal, Sitio Nº31, Proyecto de Parcelación Hacienda de Teno, comuna de Teno; y, 2.- José Ignacio Prado González, Sitio Nº31, Proyecto de Parcelación Hacienda de Teno, comuna de Teno, representado, por Gonzalo Andrés Prado Vidal, modificaron “Agrícola Los Prados de la Colinada Limitada”, constituida por escritura pública fecha 30 de Abril de 2015, ante Notario Público de Curicó, Rodrigo Domínguez Jara, extracto se inscribió a fojas 35.133 Nº20.806 Registro Comercio Conservador Santiago, año 2015.- Capital social: $259.158.583.-, aportado y enterado por los socios en un 50% cada uno.- Cesión de derechos: José Ignacio Prado González, vende, cede y transfiere el 40% de los derechos y acciones en Agrícola Los Prados de la Colinada Limitada, a Gonzalo Andrés Prado Vidal, quien los compra, acepta y recibe para sí. Precio de venta y cesión: 5.689,472 unidades de fomento, pagadero forma indicada escritura extractada. Socios actuales: Gonzalo Andrés Prado Vidal, con un 90% de los derechos sociales, y José Ignacio Prado González, con el 10% de los derechos sociales.- Socios modifican pacto social en el siguiente sentido: ARTICULO SÉPTIMO: El capital es la suma de $259.158.583.-, doscientos cincuenta y nueve millones ciento cincuenta y ocho mil quinientos ochenta y tres mil pesos, aportado y enterado en la siguiente proporción: a.- don Gonzalo Andrés Prado Vidal, aportó y pagó el 90% del capital social; y, b.- don José Ignacio Prado González, aportó y pagó el 10% del capital social. En todo lo no modificado permanecerán vigentes estipulaciones pacto social contenidas en la escritura pública de constitución y modificaciones. Las modificaciones rigen a contar fecha presente escritura.- Demás estipulaciones escritura extractada.-Curicó, 06 de diciembre de 2019.