CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RUCAPANGUI LIMITADA

CVE 1695081
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2019
Repertorio
50455/2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad es de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo

Objeto social

a) Comprar, vender, permutar, arrendar, explotar, administrar e invertir en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios; b) Prestar toda clase de servicios o asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materias de orden financiero, económico, de factibilidad de proyectos, de inversión, legales u otros similares; c) Constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital; d) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios, agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza; y e) Cualquier otra actividad que acuerden los

Administración

Corresponderá al señor Miguel Boetsch Domínguez y a la señora Sofía Izquierdo Armendáriz quienes actuando en forma separada e indistinta, con amplias facultades y poderes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, domiciliado en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2019, repertorio 50455/2019, ante mí, MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ y SOFÍA IZQUIERDO ARMENDÁRIZ, ambos domiciliados en Avenida Las Condes 12.523, departamento 608, Las Condes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “INVERSIONES RUCAPANGUI LIMITADA”.- Objeto: a) Comprar, vender, permutar, arrendar, explotar, administrar e invertir en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios; b) Prestar toda clase de servicios o asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materias de orden financiero, económico, de factibilidad de proyectos, de inversión, legales u otros similares; c) Constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital; d) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios, agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza; y e) Cualquier otra actividad que acuerden los socios.- Administración y uso de la razón social: Corresponderá al señor Miguel Boetsch Domínguez y a la señora Sofía Izquierdo Armendáriz quienes actuando en forma separada e indistinta, con amplias facultades y poderes.- Capital: $1.000.000 que se aportará por los socios de la siguiente manera: a) Miguel Boetsch Domínguez aportará $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, y b) Sofía Izquierdo Armendáriz aportará $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales. Las cantidades antes indicadas se pagarán por los socios dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la escritura extractada, a medida que las necesidades sociales lo requieran.- Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo.- Domicilio: Santiago.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 9 de diciembre de 2019.