Comercial Café Aromas SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2019
- Notario
- suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 02/12/2019 ante mí: doña HUGO JOSÉ ÁLVAREZ GARCÍA, domiciliado en calle Lucrecio Caro N° 4953, Pedro Aguirre Cerda: redujo a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “COMERCIAL CAFÉ AROMAS SpA”, celebrada el 02/12/2019, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas.- ANTECEDENTES: a) La sociedad “COMERCIAL CAFÉ AROMAS SpA”, rol único tributario N° 76.444.781-6, se constituyó por escritura pública de fecha 02/07/2016, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 49.681, Nº 27.176 correspondiente al año 2016; b) La sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha 10/07/2018, suscrita ante doña KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogada, Notaria Pública Suplente de Titular de la 36° Notaría de Santiago, don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia. Un extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 53.068, N° 27.320, correspondiente al año 2018; El capital social es de $4.000.000, dividido en 100 acciones, completamente suscritas y pagadas.- MODIFICACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social, será ejercida por don HUGO JOSÉ ÁLVAREZ GARCÍA; con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03, diciembre, 2019.