Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 66316/2019
- Notario
- ÁLVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, segundo piso, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2019, repertorio N° 66.316/2019, ante mí: el señor PEDRO MITTIO MUÑOZ ESCOBAR, domiciliado en Laguna San Rafael N° 5719 diecinueve, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, ciudad de Santiago; y MARCELO ARTURO GONZÁLEZ RIVADENEIRA, domiciliado en Camino San José N° 735, parcela N°6, 4-A, comuna de Talagante; constituyen una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: "MARFIMETAL SpA". Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: i) todo lo relacionado al rubro de la construcción, que sin ser taxativo, tales como la constitución, edificación, urbanización, rehabilitación, planeación, programación, proyección conservación y mantenimiento de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura ya sean de carácter público y /o privado, y en general la realización de toda clase de trámites relacionados directa o indirectamente con los fines ya señalados, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza, incluyendo la realización de obras complementarias, conexas y accesorias, terminación y acabado de edificio u otros inmuebles, demolición y preparación de terrenos. ii) Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito. Asimismo, es parte de su objeto societario adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a la obtención de los fines sociales.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $3.000.000, dividido en 3.000.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, que se suscribe y paga en la siguiente forma: don PEDRO MITTIO MUÑOZ ESCOBAR, suscribió 1.500.000 acciones, equivalentes al cincuenta por ciento de las acciones de las sociedad y se obligó a pagarlas dentro del plazo de un año contados desde la fecha de la escritura extractada; Y don MARCELO ARTURO GONZÁLEZ RIVADENEIRA, suscribió 1.500.000 acciones, equivalentes al cincuenta por ciento de las acciones de las sociedad y se obligó a pagarlas dentro del plazo de un año contados desde la fecha de la escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de diciembre de 2019.