CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LEVICAN LIMITADA

RUT 18393859-2 CVE 1693824
Capital
$250.000 CLP
Fecha instrumento
24 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de octubre de 2019
Repertorio
8207
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$250.000 CLP
Duración
10 años, renovable por periodos iguales

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión y gestión de centros turísticos, hoteleros, y actividades de aventura b) La inversión en todo tipo d bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos en sociedades, efectos de comercio, bonos y todo tipo de títulos de créditos, efectos públicos y valores mobiliarios; c) El corretaje de propiedades, la promoción e intermediación de negocios inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y adquisición, a cualquier título de bienes raíces o muebles, corporales e incorporables, la administración y explotación por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes raíces, urbanos rurales; y d) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas;

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a ESTEBAN GERMÁN BUSCH LÓPEZ, a don ALFREDO ERNESTO BUSCH LÓPEZ, y a doña CARMEN GLORIA LÓPEZ MEZA, quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán actuar en representación de la sociedad, según lo establecido en la escritura extractada;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Titular de la XXII Notaría de Santiago, con oficio en Don Carlos 2889, comuna de Las Condes, Santiago Certifica: Por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2019, Repertorio 8.207 y escritura pública de rectificación de fecha 14 de noviembre de 2019, repertorio Nº8588, ambas ante mí, ESTEBAN GERMÁN BUSCH LÓPEZ, C.I. 18.393.859-2, ALFREDO ERNESTO BUSCH LÓPEZ, CI. 17.699.451-7 y CARMEN GLORIA LÓPEZ MEZA, CI. 8.654.058-4, todos domiciliados para este efecto en calle San Damián Nº0149, departamento 803, comuna Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de respondabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES LEVICAN LIMITADA”, y cuyo nombre de fantasía es “LEVICAN LTDA”; OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: a) La inversión y gestión de centros turísticos, hoteleros, y actividades de aventura b) La inversión en todo tipo d bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos en sociedades, efectos de comercio, bonos y todo tipo de títulos de créditos, efectos públicos y valores mobiliarios; c) El corretaje de propiedades, la promoción e intermediación de negocios inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y adquisición, a cualquier título de bienes raíces o muebles, corporales e incorporables, la administración y explotación por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes raíces, urbanos rurales; y d) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; CAPITAL: 1.000.000 de pesos, el que se entera y paga de la siguiente forma: a) Don ESTEBAN GERMÁN BUSCH LÓPEZ, entera y paga en dinero en efectivo la suma de $250.000-., pesos, equivalentes a un 25% del capital social, ingresándolos en este acto la caja social; b) Don ALFREDO ERNERSTO BUSCH LÓPEZ, entera y paga en dinero en efectivo, la suma de $250.000-. pesos, equivalentes a un 25% del capital social, ingresándolos en este acto la caja social; c) Doña CARMEN GLORIA LÓPEZ MEZA, entera y paga en dinero en efectivo, la suma de $500.000-. pesos, equivalentes a un 50% del capital social, ingresándolos en este acto la caja social; ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a ESTEBAN GERMÁN BUSCH LÓPEZ, a don ALFREDO ERNESTO BUSCH LÓPEZ, y a doña CARMEN GLORIA LÓPEZ MEZA, quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán actuar en representación de la sociedad, según lo establecido en la escritura extractada; DURACIÓN: 10 años, renovable por periodos iguales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2019.