AGRÍCOLA Y COMERCIAL CHOAPA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2019
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- 20 años, contar esta fecha, renovables en 10 años según escritura extractada. 3) Se reemplaza cláusula octava estatutos; Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por escritura pública hoy, ante mí: a) PABLO ANDRÉS CATALÁN RAMÍREZ, domiciliado en Uno Sur 690, oficina 1115, Talca, Región del Maule, paso en ésta; b) JUAN CARLOS TAGLE BALBONTIN, domiciliado en Parcela El Peral S/N° , casa 2, Cuncumen, comuna Sa n Antonio, Región de Valparaíso, paso en esta; y c) RODRIGO TAGLE GATICA, domiciliado en Catedral 1229, oficina 401, comuna Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad AGRÍCOLA Y COMERCIAL CHOAPA LIMITADA, inscrita a fs. 51 Nº 42 del Reg. Com. CBR San Fernando, año 2002, siguiente sentido: 1) Pablo Andrés Catalán Ramírez se retira y vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales de 0,1% a Juan Carlos Tagle Balbontin. El precio de la compraventa es $400 pagado en este acto, contado y efectivo. A su vez, Rodrigo Tagle Gatica vende, cede y transfiere el 79,9% de sus derechos sociales a Juan Carlos Tagle Balbontin. El precio de la compraventa es $319.600 pagado en este acto, contado y efectivo. En consecuencia, quedan únicos y actuales socios; Juan Carlos Tagle Balbontin con 80% derechos sociales y Rodrigo Tagle Gatica con 20% derechos sociales. 2) Se reemplaza cláusula quinta estatutos; Duración: 20 años, contar esta fecha, renovables en 10 años según escritura extractada. 3) Se reemplaza cláusula octava estatutos; Administración y uso razón social: Corresponde a Juan Carlos Tagle Balbontin, en términos y facultades señalados en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado pacto social continúa vigente sin alteración, especialmente en cuanto a que los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 03 de Diciembre de 2019. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.