MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SANTA EUGENIA LIMITADA

RUT 76218049-9 CVE 1693534
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de junio de 2012

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2012
Repertorio
1551/2012
Notario
don Eduardo del Campo Vial
Domicilio
Curicó. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.446 el 04 de septiembre de 2019 y se inscribió a fojas 1016 vuelta Nº 581 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Administración

Les corresponde separada e indistintamente a MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN. El

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado Nº 282, certifica: Por escritura pública de fecha cuatro de Diciembre de 2019, otorgada ante Notario Público de Curicó don Eduardo del Campo Vial, doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, domiciliada en Calle Yungay N°142, de la comuna de Curicó, doña MARIA PIA LOHMANN CERÓN, domiciliada en Fundo San José Lote C, de la comuna de Rauco, y don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE, domiciliado Calle Yungay N°142 de la comuna de Curicó, resciliarón y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “AGRÍCOLA SANTA EUGENIA LIMITADA”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº76.218.049-9, constituida por escritura pública de fecha 20 de junio de 2012, bajo el repertorio N°1551/2012, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 40.296 el 25 de junio de 2012 y se inscribió a fojas 762 vuelta Nº 536 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2012.- Posteriormente la sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2019, bajo el repertorio N° 2575/2019, suscrita ante doña Maria Olga Trejos, suplente del titular, don Eduardo del Campo Vial, Notario Público de Curicó. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.446 el 04 de septiembre de 2019 y se inscribió a fojas 1016 vuelta Nº 581 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. RESCILIACIÓN: De común acuerdo, las partes contratantes, en forma libre y voluntaria vienen en resciliar y dejar sin efecto, en todas sus partes el contrato de modificación de sociedad de responsabilidad limitada de AGRICOLA SANTA EUGENIA LIMITADA, de fecha 29 de agosto del 2019, bajo el repertorio N° 2575/2019, suscrita ante doña María Olga Rojas Trejo, suplente del titular don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público de Curicó, señalado con el numeral 3 de la cláusula anterior de este instrumento, de modo que se entiende que don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, nunca dejó de ser socio y dueño del uno por ciento de los derechos sociales totales, de la sociedad “Agrícola Santa Eugenia Limitada", singularizada en la cláusula primera de este instrumento. Como consecuencia de la resciliación del contrato ya referido, permanece vigente escritura pública fecha 20 de junio de 2012, bajo el repertorio N°1551/2012, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 40.296 el 25 de junio de 2012 y se inscribió a fojas 762 vuelta Nº 536 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2012. MODIFICACIÓN: cesión y venta: don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, con anuencia de sus socios, vende cede y transfiere el 100% (cien porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad “AGRÍCOLA SANTA EUGENIA LIMITADA”, equivalente al 1% (uno por ciento) del capital social a doña MARIA PIA LOHMANN CERÓN, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 100% (cien por ciento) de los derechos sociales de don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, que equivalen al uno por ciento de los derechos sociales totales. El precio de la cesión es la suma única y total de $50.000.- (cincuenta mil pesos), que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Actuales y únicos socios de la sociedad: Como consecuencia de la cesión de derechos son: doña María Eugenia Cerón Atria, con un 1 % de los derechos sociales totales; y doña Maria Pia Lohmann Cerón, con un 99 % de los derechos sociales totales. Poderes de administración y representación: Les corresponde separada e indistintamente a MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN. El capital: es la suma de $5.000.000.-, aportados de la siguiente forma: a.- doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, ha aportado y pagado la suma de $100.000.-, correspondiente al 1% del capital social; b.- MARIA PIA LOHMANN CERÓN, ha aportado y pagado la suma de $4.900.000; (cuatro millones novecientos mil pesos), correspondiente al 99 % del capital social. Utilidades: las utilidades se repartirán entre los socios: 1% para la socia doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, y un 99%. Para la socia MARIA PIA LOHMANN CERÓN. Las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción en que reparten las utilidades.-Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº3797/2019. Curicó, 05 de Noviembre de 2019.-