Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2019
- Notario
- ALVARO GONZALO MERA CORREA
- Domicilio
- para las comunas de Constitución y Empedrado
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Constitución, Séptima Región del Maule
- Ley aplicable
- ley 20.190
Objeto social
a) la elaboración y expendio de platos preparados para ser consumidos en el mismo local como para llevar; b) la elaboración y expendio de emparedados de diversas clases o tipos, fríos y)o calientes y bebidas de consumo inmediato en el mismo local, tales como sándwich, pizzas, jugos; c)la preparación y cocción de aves faenadas por exposición a la combustión de gas o a las brasas; d) el expendio y consumo de té, café, bebidas y bebidas alcohólicas; e) la elaboración, compra y venta de productos de pastelerías pasteles, trozos de tortas, tartaletas, helados, cigarrillos f) la compra y venta de productos de pastelería de fábricas autorizadas; g) el transporte y embalaje de mercaderías, de toda clase de bienes muebles y demás actividades que digan relación directa o indirecta con el objeto social, en vehículos propios, en arrendamiento o en leasing; h) la instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; compra, venta y arrendamiento de muebles nuevos o usados, arrendamiento de locales y en general, celebrar toda clase de actos civiles y mercantiles o administrativos lícitos que deriven de los anteriores, los complemente, sean consecuencia de los mismos o sean conducentes al cumplimiento pleno del objeto social y toda otra actividad relacionada con el giro de restaurant y que los socios acuerden. Capital y Acciones. - El capital de la sociedad es de $10.000.000.-,(diez millones de pesos) dividido en MIL ACCIONES NOMINATIVAS, de una misma y única serie sin valor nominal. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital que se suscribe se paga de la siguiente manera: la accionista MARCELA DEL CARMEN VERGARA VALENZUELA, suscribe el total de dichas acciones, MIL ACCIONES POR UN TOTAL DE DIEZ MILLONES DE PESOS, las que paga al contado y en dinero efectivo enterándose en arcas sociales. - Administración de la Sociedad.-: Sin perjuicio de las facultades que por ley, reglamentos y por estatutos le corresponden a la Junta de Accionistas y al directorio, la administración y representación legal de la sociedad le será encomendada a un gerente general, función que será ejercida por el accionista doña MARCELA DEL CARMEN VERGARA VALENZUELA de manera indefinida, conforme a lo dispuesto en el artículo cuarenta y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y el artículo octavo del Código de Procedimiento Civil.- El gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, salvo respecto de aquellos acuerdos reservados a la Junta de Accionistas, sin que sea necesario, para ello, otorgarles poder alguno ni acreditarlo ante terceros. Sin perjuicio de lo anterior podrá delegar sus facultades en un subgerente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALO MERA CORREA, Abogado, Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O”Higgins N° 499-A de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2019, ante mí: doña MARCELA DEL CARMEN VERGARA VALENZUELA con domicilio en Avenida Costanera número 1236, Comuna de Constitución, Región del Maule, viene en constituir una sociedad por acciones, regida por el Título VII del Libro II del Código de Comercio, ley 20.190 y en especial por los siguientes estatutos. Nombre: "SOCIEDAD COMERCIAL PUERTO VELERO SpA”, sin perjuicio de nombre de fantasía “PUERTO VELERO SpA”. Domicilio: comuna de Constitución, Séptima Región del Maule, sin perjuicio de las agencias o sucursales, que la sociedad pueda establecer, tanto en territorio nacional, como en el extranjero. Objeto: a) la elaboración y expendio de platos preparados para ser consumidos en el mismo local como para llevar; b) la elaboración y expendio de emparedados de diversas clases o tipos, fríos y/o calientes y bebidas de consumo inmediato en el mismo local, tales como sándwich, pizzas, jugos; c)la preparación y cocción de aves faenadas por exposición a la combustión de gas o a las brasas; d) el expendio y consumo de té, café, bebidas y bebidas alcohólicas; e) la elaboración, compra y venta de productos de pastelerías pasteles, trozos de tortas, tartaletas, helados, cigarrillos f) la compra y venta de productos de pastelería de fábricas autorizadas; g) el transporte y embalaje de mercaderías, de toda clase de bienes muebles y demás actividades que digan relación directa o indirecta con el objeto social, en vehículos propios, en arrendamiento o en leasing; h) la instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; compra, venta y arrendamiento de muebles nuevos o usados, arrendamiento de locales y en general, celebrar toda clase de actos civiles y mercantiles o administrativos lícitos que deriven de los anteriores, los complemente, sean consecuencia de los mismos o sean conducentes al cumplimiento pleno del objeto social y toda otra actividad relacionada con el giro de restaurant y que los socios acuerden. Capital y Acciones. - El capital de la sociedad es de $10.000.000.-,(diez millones de pesos) dividido en MIL ACCIONES NOMINATIVAS, de una misma y única serie sin valor nominal. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital que se suscribe se paga de la siguiente manera: la accionista MARCELA DEL CARMEN VERGARA VALENZUELA, suscribe el total de dichas acciones, MIL ACCIONES POR UN TOTAL DE DIEZ MILLONES DE PESOS, las que paga al contado y en dinero efectivo enterándose en arcas sociales. - Administración de la Sociedad.-: Sin perjuicio de las facultades que por ley, reglamentos y por estatutos le corresponden a la Junta de Accionistas y al directorio, la administración y representación legal de la sociedad le será encomendada a un gerente general, función que será ejercida por el accionista doña MARCELA DEL CARMEN VERGARA VALENZUELA de manera indefinida, conforme a lo dispuesto en el artículo cuarenta y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y el artículo octavo del Código de Procedimiento Civil.- El gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, salvo respecto de aquellos acuerdos reservados a la Junta de Accionistas, sin que sea necesario, para ello, otorgarles poder alguno ni acreditarlo ante terceros. Sin perjuicio de lo anterior podrá delegar sus facultades en un subgerente.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Constitución, 04 de diciembre del 2019.-