Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2019
- Notario
- HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA
- Domicilio
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- calle Lord Cochrane N°538, interior, segundo piso, oficina B, de la ciudad de Osorno, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La ejecución, construcción, mantención y reparación de toda clase de obras civiles; montajes e instalaciones de redes hidráulicas, incluyendo redes de agua potable y alcantarillado, construcción y habilitación de pozos profundos; obras de ingeniería, de carpintería, gasfitería, albañilería y estructuras metálicas; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación, el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios; dar y tomar en arrendamiento, leasing, concesión u otra forma de tenencia de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; la comercialización, importación y exportación de toda clase de equipos de ingeniería y materiales de construcción y obras civiles en general;
Administración
se nombra para el ejercicio del cargo de Gerente General al accionista constituyente don ENRIQUE LEONARDO SANDOVAL VELASQUEZ, quien se mantendrá en el cargo por tiempo indefinido, quien deberá actuar anteponiendo su firma a la razón social y tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, con oficio en calle Eleuterio Ramírez N°910, ciudad y comuna de Osorno: certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de noviembre de 2019 ante mí, ENRIQUE LEONARDO SANDOVAL VELASQUEZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N°13.736.734-3, domiciliado en calle Los Arrieros N°1955, Depto. 402, Torre 1, Osorno, viene en constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos son, extracto: Nombre o Razón social: “SAN VICENTE SpA”. Domicilio: calle Lord Cochrane N°538, interior, segundo piso, oficina B, de la ciudad de Osorno, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La ejecución, construcción, mantención y reparación de toda clase de obras civiles; montajes e instalaciones de redes hidráulicas, incluyendo redes de agua potable y alcantarillado, construcción y habilitación de pozos profundos; obras de ingeniería, de carpintería, gasfitería, albañilería y estructuras metálicas; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación, el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios; dar y tomar en arrendamiento, leasing, concesión u otra forma de tenencia de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; la comercialización, importación y exportación de toda clase de equipos de ingeniería y materiales de construcción y obras civiles en general; Capital: será la suma de $20.000.000.-, dividido en mil acciones que el Accionista Constituyente entera y enterará de la siguiente forma: A) con la suma de $5.000.000.-, equivalentes a doscientas cincuenta acciones, suma que se encuentra ingresado en la caja social de contado y en dinero efectivo; y B) con la suma de $15.000.000.- equivalentes a setecientas cincuenta acciones, que enterará en un plazo de cinco años con cargo a las utilidades de la Sociedad. Duración: comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y la duración de la sociedad será indefinida. Administración: se nombra para el ejercicio del cargo de Gerente General al accionista constituyente don ENRIQUE LEONARDO SANDOVAL VELASQUEZ, quien se mantendrá en el cargo por tiempo indefinido, quien deberá actuar anteponiendo su firma a la razón social y tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, 19 de Noviembre del año 2019.