COMERCIAL RIQUELME Y RIQUELME LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2007
- Notario
- RENE A. MARTINEZ LOAIZA
- Domicilio
- Melipilla
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 38808 del 9 de julio de 2007
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORIO N°1775-2019, EXEQUIEL DANILO RIQUELME MIRANDA, domiciliado en Juan Bautista Salinas número quinientos noventa y seis, Pomaire, Melipilla, SIMON NICOLAS RIQUELME ALLENDES, domiciliado en Fundo El Maitén sin número, Melipilla, y RICARDO AUGUSTO ALVARADO MIRANDA, domiciliado en El Maitén sin número, Melipilla; modifican sociedad “COMERCIAL RIQUELME Y RIQUELME LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 03/07/2007, otorgada ante el Notario Público de Melipilla don Waldo Domke Cádiz, la que en extracto se inscribió a fojas 146 N° 115 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla correspondiente al año 2007, y se publico en el Diario Oficial N° 38.808 de fecha 09/07/2007.- La sociedad ha sufrido varias modificaciones.- MODIFICACION:- Se modifican las clausulas sexta y quinta del pacto social, en el sentido que don SIMON NICOLAS RIQUELME ALLENDES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos equivalentes al 25% del capital social en $2.000.000, pagados según escritura que extracto; don EXEQUIEL IGNACIO RIQUELME ALLENDES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos equivalentes al 25% del capital social en $2.000.000, pagados según escritura que extracto y don EXEQUIEL DANILO RIQUELME MIRANDA, vende, cede y transfiere el 49% de los derechos sociales en $3.920.000, pagados según escritura que extracto.- Como consecuencia de las cesiones antes señaladas el capital social queda de la siguiente forma: don EXEQUIEL DANILO RIQUELME MIRANDA con un 1% del capital social y don RICARDO AUGUSTO ALVARADO MIRANDA con un 99% del capital social. Asimismo se modifica clausula quinta del pacto social, quedando como administrador y representante legal de la sociedad don RICARDO AUGUSTO ALVARADO MIRANDA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representara con las facultades señaladas en escritura constitutiva de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Melipilla, 09/10/2019.