CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

VOA SpA

RUT 17626337-7 CVE 1692175
Capital
$500.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
NICOLAS FELIPE JOSE VELOSO CATALDO
Domicilio
Villa Alemana

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
comuna de Villa Alemana, Región de Valparaíso
Duración
Indefinida

Objeto social

A) Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general; B) Prestación de servicios profesionales y asesorías jurídicas a personas jurídicas y naturales; C) Otras actividades de servicios; D) Actividades de organizaciones empresariales, profesionales y de empleadores; E) Actividades empresariales y de profesionales prestadas a empresas no calificadas previamente; F) Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados; G) Compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados, sean amoblados o no amoblados; H) Explotación de minas y canteras; I) Extracción de minerales metalíferos; J) Servicios informáticos; K) Cualesquiera otras actividades o negocios relacionados o no con las anteriores, que los socios de común acuerdo determinen realizar, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales

Administración

será ejercida conjuntamente por dos Administradores: doña VALERIA ALEJANDRA OLIVARES ALCAYAGA, RUT 17.626.337-7; VÍCTOR MANUEL OLIVARES ALCAYAGA, RUT 17.295.286-0, quienes actuarán en nombre de la sociedad y la representarán, y podrán actuar por la sociedad según las facultades que se señalan en la escritura extractada

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
VALERIA ALEJANDRA OLIVARES ALCAYAGA socio 17626337-7
VÍCTOR MANUEL OLIVARES ALCAYAGA socio 17295286-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS FELIPE JOSE VELOSO CATALDO, Abogado, Notario Público de Villa Alemana, suplente del Titular don JUAN CARLOS CARCAMO OLMOS, con oficio en calle Buenos Aires 663, local 1, CERTIFICO: Que, por escritura Rep. 604/2019 de 30 de Noviembre, doña VALERIA ALEJANDRA OLIVARES ALCAYAGA, RUT 17.626.337-7, chilena, abogada, soltera, domiciliada en Avenida Los Molinos del Sol 129, comuna de Villa Alemana, Región de Valparaíso; VÍCTOR MANUEL OLIVARES ALCAYAGA, RUT 17.295.286-0, chileno, ingeniero comercial, soltero, con domicilio en Lo Encalada número 111, comuna de Nuñoa, Región Metropolitana de Santiago, constituyeron sociedad por acciones: NOMBRE: “VOA SpA”. DOMICILIO: comuna de Villa Alemana, Región de Valparaíso, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: A) Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general; B) Prestación de servicios profesionales y asesorías jurídicas a personas jurídicas y naturales; C) Otras actividades de servicios; D) Actividades de organizaciones empresariales, profesionales y de empleadores; E) Actividades empresariales y de profesionales prestadas a empresas no calificadas previamente; F) Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados; G) Compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados, sean amoblados o no amoblados; H) Explotación de minas y canteras; I) Extracción de minerales metalíferos; J) Servicios informáticos; K) Cualesquiera otras actividades o negocios relacionados o no con las anteriores, que los socios de común acuerdo determinen realizar, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales. CAPITAL SOCIAL: $500.000, enterado 0 de pesos y por enterar $500.000, dividido en 30 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de 36 meses contados desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: será ejercida conjuntamente por dos Administradores: doña VALERIA ALEJANDRA OLIVARES ALCAYAGA, RUT 17.626.337-7; VÍCTOR MANUEL OLIVARES ALCAYAGA, RUT 17.295.286-0, quienes actuarán en nombre de la sociedad y la representarán, y podrán actuar por la sociedad según las facultades que se señalan en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.