JMS CONSTRUCCIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2019
- Notario
- Octavio Francisco Gutiérrez López
- Oficio
- 30° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOctavio Francisco Gutiérrez López, Abogado, Notario Público Titular 30° Notaría de Santiago, con oficios en Av. Lib. Bdo. O´Higgins 980, ofs. 134-135, Santiago, CERTIFICA: Que por escritura pública, hoy ante mí, de fecha 30 de Octubre de 2019, Comparecen: Don JUAN CARLOS MIGUEL TABOADA LORCA, Doña MÓNICA ESTER TABOADA LORCA, ambos domiciliados en Vecinal Nº 50 Departamento 61, comuna de Las Condes, RODRIGO ANDRÉS TABOABA RUIZ, domiciliado en Cabildo N° 6246, Departamento 501, comuna de Las Condes y Doña STEPHANIE MONIC BESNIER UNDA, domiciliada en Los Capitanes Nº 1400, Departamento 209, comuna de Providencia. Modificaron: JMS CONSTRUCCIONES LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 08 de Mayo de 2015, ante notario Interino don Jorge Maximiliano Unzueta Rivas, 30a Notaria de Santiago, domicilio Avda. Lib. Bdo. O`Higgins 980 oficina 134-135, en siguiente sentido: Doña MÓNICA ESTER TABOADA LORCA, vende, cede y transfiere a don RODRIGO ANDRÉS TABOABA RUIZ, el total de sus derechos sociales, ascendente al 30% en la cantidad de $1.500.000. Actuales socios: I. JUAN CARLOS MIGUEL TABOADA LORCA, con un 40% derechos sociales, RODRIGO ANDRÉS TABOABA RUIZ, con un 30% derechos sociales y STEPHANIE MONIC BESNIER UNDA con un 30% derechos sociales. SEXTO: MODIFICACIONES SOCIALES: Por el presente instrumento, los nuevos socios, vienen en modificar la cláusula quinta de la sociedad, sustituyéndolas como sigue: “ARTÍCULO SÉPTIMO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, que los socios aportan de la forma que a continuación se señala y en la siguiente proporción: a) Don JUAN CARLOS MIGUEL TABOADA LORCA, aporta la suma de $2.000.000 que equivalen al 40% de los derechos sociales; b) Doña STEPHANIE MONIC BESNIER UNDA, aporta la suma de $1.500.000 que equivalen al 30% de los derechos sociales y c) don RODRIGO ANDRÉS TABOADA RUIZ, aporta la suma de $1.500.000 que equivalen al 30% de los derechos sociales. SÉPTIMO: VIGENCIA DEL ESTATUTO: En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.