Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2019
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas número 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Don DANNY ALFRED JARAMILLO QUINTANA, Colombiano, Medico, soltero, domiciliado en Cancha Rayada número 898, comuna de Copiapo, Región de Atacama, don ELIUT RAMOS ANAYA, Venezolano, Empresario, soltero, domiciliado en Francisco de Aguirre número 78, departamento 218, Torre Toledo, comuna de Copiapo, Región de Atacama, Don JOSE ARIAS GUTIERREZ, Venezolano, Cocinero, soltero, domiciliado en Francisco de Aguirre número 78, departamento 218, Torre Toledo, comuna de Copiapo, Región de Atacama, de paso en esta, constituyen sociedad por acciones. Razón social "INVERSIONES ATACAMA SUSHI SpA", sin embargo podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras, con el nombre de fantasía de "ATACAMA SUSHI". Objeto será: a) La instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas y bebidas Analcoholicas y alcohólicas preparadas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes, entretención, catering, y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; b) La comercialización, distribución y elaboración de venta por mayor y menor de todo tipo de productos alimenticios, c) la preparación, elaboración, distribución de productos congelados; d) la compra, venta directa, a distancia, vía Internet o comercio electrónico, cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor; e) distribución de todo tipo de bienes; f) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; g) la externalización, subcontratación, de personal externo; h) aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; i) Toda actividad que los socios quieran desarrollar Capital $5.000.000, dividido en 5.000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 3 de diciembre de 2019.-