TRANSPORTES CMC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 21602/2019
- Comuna
- Santiago
Administración
Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la seguirá ejerciendo en forma exclusiva el socio don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, conforme a lo establecido en la cláusula quinta de la escritura pública de constitución de sociedad ya citada. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 DE Noviembre del 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Abogado Notario Público Interino de la 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura de fecha 08/11/2019, Repertorio Nº 21.602/2019, ante mí, Don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, con domicilio para estos efectos en calle Teniente Montt N° 1962, departamento 504, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, por sí y en representación, de la sociedad "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", esta última con domicilio en Pasaje Aguirre número mil ciento cincuenta y ocho, comuna de Quinta Normal, ciudad de Santiago; doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, ambas con domicilio en Parcela N° 142, Condominio Polo 1 Manquehue, Sector Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; y doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, con domicilio en calle Carlos Antúnez N° 1.869, departamento 208, block 19, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, “TRANSPORTES CMC LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 30-11-2011.-, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Pablo Alberto González Caamaño, cuyo extracto se inscribió a fojas 73.237.-, número 53.558.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, y se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Con fecha 23-11-2012, mediante escritura pública, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Linda Scarlett Bosch Jiménez, los socios modificaron la sociedad ingresando nuevas socias, cuyo extracto se inscribió a fojas 85.045.-, número 59.543.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, y se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal; Cesión de derechos: Uno) doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada, de la siguiente forma: a) el 15% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; b) el 1,67% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a la empresa "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", quien adquiere, compra y acepta para sí su representante legal los derechos sociales antes mencionados; Dos) doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,66% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; y Tres) doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; Precio: Respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra a) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $23.500.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra b) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $1.500.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Dos) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $25.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Tres) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $25.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado. Como consecuencia de la cesión de derechos que dan cuenta las cláusulas precedentes, se modifica el pacto social en el sentido que los únicos y actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES CMC LIMITADA”, son: don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, dueño de un 98,33% de los derechos sociales; y la sociedad "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", dueña de un 1,67% de las derechos sociales; Administración, representación y uso de la razón social: Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la seguirá ejerciendo en forma exclusiva el socio don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, conforme a lo establecido en la cláusula quinta de la escritura pública de constitución de sociedad ya citada. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 DE Noviembre del 2019.